Registro de Empresas de Servicios Transitorios (EST)

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Descripción

Permite a las Empresas de Servicios Transitorios (EST) inscribirse en un registro especial y público, administrado por la Dirección del Trabajo (DT).

Las EST son personas jurídicas, cuyo objetivo es:

  • Poner a trabajadores y trabajadoras a disposición de empresas usuarias, para que cumplan tareas, labores o servicios transitorios u ocasionales.
  • Gestionar la selección y capacitación de estos trabajadores o trabajadoras.
El trámite se puede realizar durante todo el año en la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.

Empresas de Servicios Transitorios (EST).

Las copias de los siguientes documentos deben ser legalizadas ante un notario o una notaria:

  • Escritura pública de constitución.
  • Rol Único Tributario (RUT) de la EST.
  • Certificado de representación o administración, y copia de la inscripción de la sociedad y sus modificaciones (si existen), otorgado por el Conservador de Bienes Raíces (CBR) respectivo.
  • Rol Único Tributario (RUT) de los o las representantes legales.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.
  3. Explique el motivo de su visita: registrar a una Empresa de Servicios Transitorios (EST).
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá registrado la EST. El plazo para gestionar la inscripción es de 60 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud, siempre que la institución pública no realice observaciones porque faltan documentos.

Importante: una vez que la Inspección del Trabajo notifica que el registro de constitución no presenta observaciones, la empresa estará en condiciones de constituir garantía en una sucursal del BancoEstado.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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