Descripción
Permite a quienes no tienen derecho a una pensión en algún régimen previsional acceder a un monto de 110 mil 201 pesos.
Éste se reajustará automáticamente el 1 de julio de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses, contados desde el último reajuste. No obstante, cuando la variación del IPC supere el 10%, el reajuste será inmediato, aunque no hayan transcurrido 12 meses.
Este beneficio está sujeto a un proceso de revisión por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
- Conozca más información sobre la suspensión y extinción de los beneficios.
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downPersonas que:
- Tengan, a lo menos, 65 años de edad al momento de la solicitud.
- No tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia.
- Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual significa que:
- Deben contar con un puntaje menor o igual a 1.206 puntos.
- Este puntaje se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social por la calificación del Registro Social de Hogares (RSH) y el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Quienes aún no han sido encuestadas para obtener la ficha tienen que solicitar este trámite en su municipio.
- Acrediten residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad. En el caso de chilenos carentes de recursos, el periodo será contado desde su fecha de nacimiento.
- Hayan vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. Al respecto, cabe destacar que:
- Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable sólo a chilenos) podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Importante: las personas pensionadas por gracia, pensionados exonerados políticos, pensionados por ley Rettig y ley Valech, que sólo gocen de este beneficio, tienen derecho a complementar dicho beneficio hasta el monto de la PBSV.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_down- Cédula de identidad.
- Si el trámite es realizado por un apoderado, debe presentar el respectivo poder notarial.
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downNo tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
keyboard_arrow_downEl beneficio se mantendrá vigente mientras la o el pensionado cumpla los requisitos y no se ausente del país por un período de 90 días o más durante el año-calendario (de enero a diciembre).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Escriba su RUN y haga clic en "ingresar".
- Haga clic en "solicitud de beneficio".
- Seleccione "Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)".
- Haga clic en "ingresar solicitud de PBSV".
- Haga clic en "ClaveÚnica".
- Escriba su RUT y clave, y haga clic en "autenticar". Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
- Complete el formulario solicitado.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Importante: si en la solicitud de beneficios no aparece la PBSV, significa que usted no cumple con los requisitos para el beneficio.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a alguno de los municipios en convenio o a la oficina de ChileAtiende más cercana.
- Explique el motivo de su visita: tramitar la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la pension básica. Si no se requiere más información, obtendrá respuesta a su solicitud en un plazo de tres meses.
Importante: consulte el estado de su trámite llamando al 101, en horarios de 8:00 a 20:00 horas (lunes a jueves) y de 8:00 a 18:00 horas (viernes).