Descripción
Es un mecanismo con garantía estatal que es parte del Seguro Social creado por la Reforma de Pensiones y que reconoce y resguarda un porcentaje de las cotizaciones que tu empleador paga por ti, protegiéndolas frente a los cambios del mercado. El Estado asegura una rentabilidad a través del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Para las y los trabajadores, este aporte se registra como un Bono de Seguridad Previsional (BSP), que queda a nombre de cada persona, se calcula en unidades de fomento (UF) y genera intereses a una tasa de mercado. Este monto se suma a los ahorros previsionales cuando alcances la edad legal de jubilación y se paga en 240 cuotas. Además, mientras se acumula, no puede transferirse ni embargarse.
Además, esta cotización permite financiar el Beneficio por Años Cotizados para las actuales y futuras personas pensionadas.
Revisa el calendario de implementación
Conocer másEste mecanismo será financiado por la cotización adicional de cargo del empleador y se implementará de forma gradual:
- A contar de las remuneraciones de agosto de 2026 (cotizaciones que se pagan en septiembre de 2026), el empleador aportará un 0,9 % de la renta imponible.
- Desde las remuneraciones de agosto de 2027 (pago en septiembre de 2027), se sumará un 0,6 % adicional, completando un 1,5 % de cotización con cargo del empleador, según lo establece la Ley N° 21.735.
Este aporte se recaudará durante 30 años. Sin embargo, desde febrero de 2046 comenzará a disminuir gradualmente hasta llegar a 0 % en febrero de 2056. Desde esa fecha, el monto completo de las cotizaciones pasará a las cuentas de capitalización individual de cada persona en su respectiva AFP.
Importante: todo lo cotizado se te devolverá junto a tu pensión, cuando cumplas los requisitos para pensionarte.
Conoce cómo funciona y se incorpora a tu pensión
Conocer másA contar de las remuneraciones de agosto de 2026 (cotizaciones que se pagan en septiembre de 2026), los empleadores deberán pagar la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP). En el caso de las personas trabajadoras independientes, serán ellas quienes deberán pagar esta cotización.
Cada cotización generará un Bono de Seguridad Previsional (BSP) a nombre del trabajador o trabajadora, será intransferible e inembargable. Este bono registrará el aporte realizado, estará garantizado por el Estado, se expresará en unidades de fomento (UF) y generará reajustes e intereses.
Cuando cumplas la edad legal para pensionarte o accedas a una pensión anticipada, el Bono de Seguridad Previsional se transformará en un Bono Amortizable (BA). Este incluirá los reajustes e intereses acumulados y se pagará en 240 cuotas mensuales iguales (20 años), que se sumarán a tu pensión.
El Bono Amortizable también se considerará para el cálculo de las pensiones de invalidez y sobrevivencia. Si falleces antes de cumplir la edad legal para pensionarte y no existen beneficiarios de pensión de sobrevivencia, estos recursos pasarán a formar parte de tu herencia.
Entérate de cómo se administrará esta cotización
Conocer másLos empleadores podrán pagar la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) a través de Previred, junto con el resto de sus obligaciones previsionales.
Una vez realizado el pago, el Instituto de Previsión Social (IPS) recaudará mensualmente estos recursos, junto con los correspondientes a las demás prestaciones y beneficios del Seguro Social, y los transferirá al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
El Fondo Autónomo de Protección Previsional es una institución técnica y autónoma encargada de registrar las cotizaciones con rentabilidad protegida (CRP), implementar un sistema para que las personas puedan consultar su información y administrar e invertir los recursos del fondo.
Para ello, buscará obtener la mejor rentabilidad posible con niveles prudentes de riesgo, resguardando la sostenibilidad financiera del Fondo Autónomo en el largo plazo.