Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos de educación

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Descripción

Permite designar a uno de los progenitores como beneficiario del 100% de la rebaja de impuestos por gastos en educación. En caso contrario, el monto total del beneficio se dividirá en partes iguales entre ambos padres.

Los y las contribuyentes, en su declaración anual de renta correspondiente a 2024, podrán utilizar como crédito de impuestos por gastos en educación la cantidad de 4,4 Unidades de Fomento (UF) por cada hijo o hija, equivalentes a $161.873 (valor UF al 31 de diciembre de 2023).

Se puede traspasar la rebaja correspondiente a uno o varios hijos. 
El trámite se debe realizar en el sitio web del SII antes de la presentación de la declaración de renta del año tributario 2024.

Personas naturales, padres y/o madres, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la suma anual de las rentas totales no exceda la cantidad equivalente a 792 Unidades de Fomento (UF) (equivalentes a $29.137.173). Si en conjunto exceden dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho al citado descuento.
    • Tener uno o más hijos menores de 25 años al 31 de diciembre de 2023, que cuenten con un certificado de matrícula emitido por una institución de enseñanza pre-escolar, básica, diferencial o media, reconocida por el Estado.
  • Que el alumno tenga un mínimo de asistencia del 85%, salvo impedimento justificado o casos de fuerza mayor (condiciones especificadas en el reglamento del Ministerio de Educación).

Importante: si solo uno de los padres recibe rentas afectas a impuesto tendrá derecho al 100% del crédito. En el caso de que ambos padres reciban rentas afectas a impuesto, cada uno tendrá derecho al 50% del crédito, a menos que ceda su parte a su cónyuge.

Si enviaste tu declaración jurada de cesión y también tu declaración de renta y, posteriormente, te das cuenta de un error en la cesión (por ejemplo, cediste tu 50% y era a ti a quien le debían ceder), las partes involucradas deben rechazar la cesión mal realizada y efectuar la que corresponde.

Luego, reemplaza la declaración de renta enviada, verificando si estás usando el crédito por educación, en un 50%, en un 100%, o no usas el crédito educacional, específicamente en la línea 41 (código 895) de la declaración anual a la renta F22  del año tributario 2024 (crédito por gastos en educación).

Ingresa al simulador del beneficio por gastos en educación, que te permitirá verificar si puedes postular al beneficio y saber cuál es el monto de descuento al que puedes acceder.

Importante: el establecimiento educacional, debe presentar la declaración jurada 1904, en la que informa a los hijos estudiantes.

No es necesario ningún documento. 

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haz clic en "Realizar declaración".
  2. Una vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, ingresa a la sección “Servicios online”.
  3. En el menú, selecciona “Declaración de renta” y luego “Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter”.
  4. Haz clic en "Enviar o reemplazar declaración".
  5. Escribe tu RUT y clave, y haz clic en "Ingresar". Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes acceder con tu ClaveÚnica.
  6. Lee la información, y haz clic en la casilla "Cede beneficio", si corresponde, y luego, en "Confirmar/enviar declaración".
  7. Como resultado del trámite, habrás enviado la declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos de educación.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
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- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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