Autorización para internar material de uso bélico

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Descripción

Como persona natural o jurídica, inscrita en el registro nacional de exportadores, importadores y consumidores habituales de material de uso bélico y con la autorización de importar, solicita la internación temporal de material de uso bélico sometido a control por la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).

Revisa más información.

Realiza el trámite durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
  • Formulario de solicitud para importar e internar (señala los elementos a importar y la institución de las Fuerzas Armadas a la que va dirigida).
  • Resolución de importación.
  • Factura original de la compra, si se trata de una fotocopia, debe venir con nombre, RUT, firma del o de la representante legal y timbre de la empresa.
  • Guía aérea y conocimiento de embarque, si se trata de una fotocopia, debe venir con nombre, RUT, firma del o de la representante legal y timbre de la empresa.
  • Para el caso de armas, presentar un listado que contenga tipo, marca, número de serie y calibre.
  • Orden de compra emitida por la institución de las Fuerzas Armadas a nombre de la empresa que interna el material de uso bélico.

Si cumples con los requisitos, pide tu autorización para internar material de uso bélico en la autoridad fiscalizadora de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), correspondiente al lugar donde vives.

Importante: revisa la tasa de derechos

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