Habilitación de personas jurídicas para permisos ocasionales de transporte internacional terrestre

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Descripción

Habilita tu persona jurídica, tras una previa evaluación de los estatutos, para que puedas solicitar permisos ocasionales de transporte internacional terrestre de carga o pasajeros, tanto país/país como bilaterales.

Antes de iniciar la operación, debes asegurarte de cumplir con la regulación aduanera, zoofitosanitaria y migratoria, y revisar el estado de la ruta escogida y los pasos fronterizos a utilizar.
Solicita la habilitación durante todo el año a través del sitio web de la Subsecretaría de Transportes (SUBTRANS).

Si tu persona jurídica está vigente mediante el sistema general de notarías y conservadores, debes presentar:

  • Certificado de inscripción del extracto de constitución, emitido por el Conservador de Comercio, con notas marginales y vigencia. Este documento no puede tener una fecha superior a un mes anterior a la presentación.
  • Copia de las escrituras públicas de constitución y modificación.
  • Copia de las publicaciones de los extractos de constitución y modificación en el Diario Oficial.
  • Si se trata de una sociedad anónima, copia autorizada ante notario del acta de la Junta General de Accionistas que elige al directorio vigente.
  • Si se trata de una sociedad por acciones, copia autorizada ante notario de la escritura pública donde conste la personería de los administradores de la sociedad.
  • Si se trata de una sociedad anónima o sociedad por acciones, copia autorizada ante notario del libro correspondiente al registro de accionistas de la sociedad. Este documento no puede tener una fecha superior a un mes anterior a la presentación.
  • Copia de las cédulas de identidad de los socios y de los administradores, gerentes o directores, según corresponda. Las copias no pueden tener una fecha superior a un mes anterior a la presentación de la postulación.

Si tu persona jurídica está vigente mediante el Registro Electrónico de Empresas, debes presentar:

  • Certificado de vigencia, con una fecha no superior a un mes anterior a la presentación.
  • Certificado de estatuto actualizado, con una fecha no superior a un mes anterior a la presentación.
  • Si se trata de una sociedad anónima o sociedad por acciones, certificado de acciones, con una fecha no superior a un mes anterior a la presentación.
  • Copia de las cédulas de identidad de los socios y de los administradores, gerentes o directores, según corresponda. Las copias no pueden tener una fecha superior a un mes anterior a la presentación. 

Para realizar el trámite, tu representante legal tiene que ingresar al portal Cero Filas de la SUBTRANS con su ClaveÚnica. Si no la tiene, debe solicitarla.

Importante:

  • Solo puedes habilitar tu persona jurídica si más de la mitad del capital social y el efectivo control de la empresa están en manos de personas con ciudadanía chilena.
  • La habilitación se otorga por un plazo de 3 años. Al finalizar este período, debes volver a habilitar la empresa.

Si tienes dudas, comunícate con la Subsecretaría de Transportes (SUBTRANS) a través del Sistema Atención Ciudadana.

  • Decreto Supremo (DS) N° 257, de 1991, que promulga el acuerdo sobre transporte internacional terrestre.
  • Decreto de Ley (DL) N° 618, de 1974, que aprueba el convenio chileno-argentino de transporte terrestre en tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro.

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