Descripción
Permite a ciudadanos y ciudadanas chilenos, mayores de edad, desempeñarse en la reserva de alguna de las instituciones de las Fuerzas Armadas para las siguientes finalidades:
- Instrucción militar y preparación para movilizarse (reservistas con instrucción militar o sin ella).
- Desempeñarse en las Fuerzas Armadas (reservistas con instrucción militar).
¿A quién va dirigido?
Conocer másCiudadanos y ciudadanas que sean chilenos, mayores de 18 años, que deseen participar como reservistas en una Unidad Base de Movilización (UBM) del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, y cumplan los siguientes requisitos:
- Tener salud (física y psicológica) compatible con el servicio. La evaluación la realiza un médico de la UBM.
- Disponer de tiempo para asistir regularmente a las instrucciones.
Importante: no es necesario contar con instrucción militar.
Detalles
Conocer más- El personal que participa en forma activa en la reserva institucional podrá optar al nombramiento y ascenso en la categoría de oficial o cuadro permanente.
- Conforme a la permanencia y participación en forma activa en la reserva, el personal podrá optar a las medallas correspondientes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de situación militar.
- Solicitud de llamado al servicio activo, conforme al anexo Nº 13 de la Ley Nº 2.306.
- Declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a causal de inhabilidad, de acuerdo con el artículo Nº 57 de la Ley Nº 18.575.
- Declaración jurada que acredite que no se encuentre con problemas relacionados a los derechos humanos y judiciales.
- Certificado de disponibilidad de fondos, solo si es llamado al servicio activo con fines de desempeño profesional. El documento es emitido por el comando de personal institucional.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Unidad Base de Movilización (UBM) más cercana a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: solicitud para ser llamado al servicio activo en una institución de las Fuerzas Armadas.
- Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud para ser llamado al servicio activo, cuyo decreto se aprobará y enviará a la respectiva institución de las Fuerzas Armadas en un plazo máximo de 40 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes o existan observaciones al expediente.
Importante. Si tiene dudas, llame al: +56 22 693 4000 (Ejército), +56 22 740 5000 (Armada) o +56 22 976 0000 (Fuerza Aérea).
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.953, que dicta normas sobre movilización.
- Decreto Ley (DL) Nº 2.306, que dicta normas sobre reclutamiento y movilización de las Fuerzas Armadas.
- Decreto Nº 210, que aprueba el reglamento complementario del Decreto Ley (DL) Nº 2.306, sobre reclutamiento y movilización de las Fuerzas Armadas.
- Decreto Nº 75, que aprueba el reglamento complementario de la Ley Nº 18.953, que dicta normas sobre movilización.