Ficha Básica de Emergencia (FIBE)

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Descripción

La Ficha Básica de Emergencia (FIBE) es un instrumento de caracterización socioeconómica, que se aplica en terreno si tu hogar fue afectado por una emergencia, desastre o catástrofe, tales como incendios forestales, inundaciones, aluviones, terremotos, entre otros; en coordinación con los municipios afectados y el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred).

La FIBE se aplica para normalizar el proceso de catastro e identificación de daños en tu hogares y tus bienes, así como también la satisfacción de necesidades mínimas que permitan superar la situación.

Descarga o revisa tu Ficha Básica de Emergencia (FIBE). 
La sola aplicación de la FIBE no garantiza el acceso a beneficios estatales o municipales.
Si tienes una denuncia por irregularidades o mal uso de la ficha, ingresa al sitio web Denuncias FIBE.
En caso de tener alguna consulta, reclamo o si necesitas orientación respecto de la FIBE, ingresa al sitio web de la OIRS del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.  
  • Con el catastro realizado a través de la FIBE otros servicios del Estado con competencia en emergencias focalizan recursos de respuesta, recuperación, rehabilitación o reconstrucción.
  • Cada encuesta aplicada es válida para una emergencia a la vez, es decir, estará vigente para todos los trámites y necesidades que surjan a raíz de la emergencia puntual por la que fue tomada. En el caso de que tu hogar sufra posteriores emergencias, se le deberán tomar nuevas fichas.
  • Serán empleados públicos quienes se acercarán al domicilio del hogar afectado para aplicar la encuesta.
  • Ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y lo faculta a colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes, y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas, familias o grupos vulnerables en distintos momentos del ciclo vital, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
  • Ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada, que define los datos personales y sensibles que deben ser resguardados para garantizar la privacidad de las personas, y evitar el mal uso de dicha información.
  • Decreto Exento N° 1.434, de 2017, del Ministerio del Interior, y su modificación según Decreto Exento N°2.724, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Ficha Básica de Emergencia (FIBE) y la Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBEH), como instrumentos de catastro que se aplican en terreno en el o las áreas afectadas como consecuencia de una emergencia, para identificar a los afectados y sus grupos familiares, y para catastrar de forma eficaz la necesidad o déficit de agua potable para la población.
  • Resolución Exenta N° 43, de 2025, de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba el manual de procedimiento para la aplicación de la Ficha Básica de Emergencia.
  • Resolución Exenta N° 113, de 2025, de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba el formato y guía de aplicación de la Ficha Básica de Emergencia.

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