Solicitar exención de impuesto de primera categoría para instituciones de beneficencia

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Descripción

La ley establece una exención de impuesto de primera categoría para instituciones que no persigan fines de lucro y que tengan por objetivo principal y efectivo proporcionar ayuda, aun cuando no se otorgue de manera totalmente gratuita, de modo directo a personas de escasos recursos económicos que no alcanzan a satisfacer sus necesidades básicas.

La exención se reconoce a través de un decreto del Ministerio de Hacienda a las instituciones de beneficencia que cumplan los requisitos legales.

Esta solicitud se puede hacer durante todo el año a través del sitio web del Ministerio de Hacienda.
  • Certificado de vigencia de personalidad jurídica de la institución, actualizado.
  • Copia simple de la escritura de constitución y sus modificaciones, según corresponda.
  • Copia simple de estatutos vigentes de la entidad.

Importante: los trámites se realizan con la ClaveÚnica del apoderado o representante. Si no tiene esta clave, solicítela.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, ingrese su ClaveÚnica.
  3. Complete la información, y adjunte los antecedentes requeridos.
  4. Como resultado del trámite, habrá solicitado la exención de impuesto de primera categoría para instituciones de beneficencia.

Para más información, llame al 2 2828 2000.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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