Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP)

Última actualización:

Descripción

Ingresa, consigna y carga los registros de ingreso y permanencia en los recintos portuarios, si eres empleadora o empleador de trabajadoras y trabajadores portuarios, según lo dispuesto en el artículo 133, inciso 4º del Código del Trabajo, y el respectivo reglamento de trabajo.

Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT).

Para realizar el trámite, deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser una empresa portuaria creada por la Ley Nº 19.542.
  • Ser una empresa portuaria que administre puertos o frentes de atraque, según un contrato de concesión dispuesto por la Ley Nº 19.542.
  • Ser una empresa con concesiones marítimas que operen como puertos privados de uso público o privado, de acuerdo con los siguientes decretos:
  • Ser una empresa de muellaje que desarrolle trabajos en puertos privados y/o que desarrolle trabajos en las empresas portuarias creadas por la Ley Nº 19.542.
  • Empresas de muellaje: indefinida. Sin embargo, estarán sujetas a la renovación de su vigencia, según los artículos:
  • Empresas portuarias: su vigencia está definida en el contrato de concesión, según lo dispuesto en la Ley Nº 19.542; o en el decreto de concesión fijado por los: Decreto Nº 2, de 2005 que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto (M) Nº 660 de 1988, y el Decreto Supremo Nº 9, de 2018, que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nº 2 de 2005. 

Si es primera vez que ingresas al sistema, completa el formulario y envíelo al correo electrónico  puertos@dt.gob.cl para obtener la clave de acceso.

Una vez que hayas suscrito la declaración jurada de veracidad de los datos ingresados, envíala al correo electrónico puertos@dt.gob.cl.

Ingresa al sitio web de la SCCNLP para revisar la documentación solicitada, y elige una de las dos opciones:

  • Login empresa: podrás entrar con las credenciales enviadas por la DT para acceder al administrador geográfico para empresas concesionarias; ingresar comité paritario y administrar usuarios, usuarias y convenios de provisión de puestos de trabajo para empresas concesionarias y de muellaje.
  • Login ClaveÚnica: para incorporar las “nombradas” o listas de trabajadoras o trabajadores que desean obtener el permiso de la autoridad marítima para acceder al puerto, además de las “jornadas” o asistencia de cada trabajador o trabajadora.

Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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86266