Descripción
Este trámite permite a los operadores la inscripción de un vehículo en un servicio inscrito de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros - Autorización General (TTEPRIV), a cargo de la Subsecretaría de Transportes.
¿A quién va dirigido?
Conocer másOperadores de servicios interesados en inscribir un vehículo en un servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros - Autorización General (TTEPRIV).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes de la persona interesada:
- Formulario G de solicitud de inscripción de servicio Privado Remunerado de Pasajeros, tipo de Autorización General firmado por persona responsable, y la individualización del vehículo.
- Si es persona natural:
- Cédula de identidad vigente y fotocopia de esta por ambos lados.
- Si actúa a través de un mandatario: escritura pública del mandato o del poder notarial, copia autorizada de estos, y cédula de identidad del mandatario.
- Si es persona jurídica del tipo “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)”:
- Escritura pública de constitución y/o copia autorizada.
- Inscripción en el Registro de Comercio y/o copia autorizada.
- Extracto de la publicación en el Diario Oficial.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de vigencia de representantes legales.
- Cédula de identidad de los representantes.
- Si actúa a través de un mandatario: escritura pública del mandato y/o copia autorizada, inscripción del mandato en el registro de comercio y copia autorizada, poder notarial y cédula de identidad del mandatario.
- Si es persona jurídica del tipo Sociedad Anónima:
- Escritura pública de constitución de la sociedad y/o copia autorizada.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de vigencia de los poderes de los representantes legales.
- Cédula de identidad de representantes legales.
- Si actúa a través de un mandatario: escritura pública del mandato y/o copia autorizada, poder notarial y cédula de identidad del mandatario.
- Si es una persona jurídica acogida a la Ley Nº 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales:
- Certificado de vigencia.
- Certificado de estatuto actualizado.
- Certificado de anotaciones de la correspondiente persona jurídica, otorgados de conformidad con lo previsto en el artículo 29 del Decreto Supremo (DS) Nº 45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Importante: los documentos no deben haber sido emitidos con más de un mes de anterioridad a su presentación.
Antecedentes de los vehículos:
- Formulario G de solicitud de inscripción de servicio Privado Remunerado de Pasajeros, tipo de Autorización General, en el cual se identifican el o los vehículos. En caso de vehículos que sean de propiedad de un tercero, deberán presentar un documento escrito, en el que se acredite la existencia de un título que habilita a destinarlo al servicio.
- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes de vehículos motorizados (CAV) en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación. El CAV no será necesario, siempre y cuando la Secretaría Regional respectiva, mantenga contacto en línea con el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil.
- De encontrarse en proceso la acreditación de propiedad en el Registro Civil, se puede acompañar la factura de compraventa más la solicitud de primera inscripción o de transferencia, según corresponda, en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil.
- Si corresponde a un vehículo en leasing, debe acreditar el leasing y presentar un documento del propietario que autoriza al mero tenedor a presentar el vehículo para la prestación del servicio.
- Si corresponde a un vehículo cuyos dueños son una comunidad, debe acompañarse la escritura pública del mandato de la comunidad y/o el poder notarial a su representante.
- Fotocopia de certificado de revisión técnica. Dicho certificado no será necesario, mientras la secretaría regional respectiva, mantenga contacto en línea con Sistema de Gestión de Plantas de Revisiones Técnicas. Si el vehículo es homologado, presentar fotocopia del certificado de homologación, llenado por la municipalidad que certifica.
- Certificación por parte de la Planta de Revisión Técnica que señale que el vehículo es apto para transporte privado de personas.
- En aquellos casos donde la solicitud indique que se realizará “servicio interurbano” deberá presentar fotocopia del documento en el cual se acredite que el vehículo dispone (esto es, estar instalado y operativo) de un tacógrafo (ver artículo 17º numeral c del D.S. 80/2004), para cada vehículo de la flota. Asimismo, se informa que los buses que realizan servicio interurbano deben disponer de sistemas y dispositivos de seguridad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 158 del año 2013 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).
- En aquellos casos donde la solicitud indica que se realizará “servicio turismo”, se debe acreditar el giro de la agencia de viajes u operador turístico del Servicio de Impuestos Internos (SII), o la existencia de un contrato con una agencia de turismo u operador turístico, el cual debe dar cumplimiento con el giro respectivo en el SII.
- Si se solicita la inscripción de un vehículo distinto a bus o minibús, deberá acompañar junto con los antecedentes requeridos, una inscripción visual otorgada por una planta de Revisión Clase B, de la región donde se inscribirá el vehículo, la cual acredita que el vehículo cumple con todos los requisitos establecidos en el Artículo 16º del D.S. Nº 80/2004, del MTT.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másPor el período que se indica en cada constancia de autorización, el cual está determinado por la normativa vigente o por resoluciones regionales, según corresponda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones correspondiente a la región donde se encuentra inscrito el servicio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de un vehículo en un servicio inscrito de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros - Autorización General (TTEPRIV).
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 20 días hábiles. De ser aprobada, obtendrá la constancia de autorización, que permite a cada vehículo realizar el servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros General registrado.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos al correo electrónico disponible según la región donde se encuentra inscrito el servicio.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 20 días hábiles. De ser aprobada, obtendrá la constancia de autorización, que permite a cada vehículo realizar el servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros General registrado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 80, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.