Acreditación de cascos

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Descripción

Si eres importador, distribuidor, primer vendedor u otro de cascos, acredita que el caso protector, que deben usar los conductores de motocicletas, cumple con las características y especificaciones contenidas en el Decreto Nº 231, de 2000, y la Resolución Exenta Nº 869, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

La acreditación aplica a los cascos para conductores y conductoras de motocicletas, motonetas, bicimotos, motos todoterreno (de tres o cuatro ruedas) u otros vehículos motorizados similares de dos o tres ruedas, así como sus acompañantes.

Solicita la acreditación durante todo el año en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) o por correo electrónico.

Presenta la solicitud de acreditación conforme al anexo A, junto a los antecedentes técnicos descriptivos señalados en el anexo B de la Resolución Exenta Nº 869, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y una muestra física del casco que se quiere acreditar.

  • El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) revisa los requisitos de seguridad, diseño e información al usuario mediante la verificación física de las características de una muestra del casco protector, junto con la revisión de la concordancia de los antecedentes y especificaciones técnicas de estos establecidas en la normativa aplicable.
  • Por cada modelo de casco aprobado, el 3CV otorgará un certificado en el cual se consignará el código de acreditación, código de respuesta rápida "QR", marca, modelo, lote, fabricante, país de fabricación y solicitante.
  • Quienes obtengan la certificación de un determinado modelo de casco deberán incorporar o adherir de forma permanente en cada una de las unidades que comercialicen una etiqueta con indicación del respectivo código de acreditación otorgado por el 3CV y su correspondiente código de respuesta rápida "QR", el cual almacenará información de la acreditación, y cuyas especificaciones se detallan en el  Decreto Supremo Nº 231 de 2000, y la Resolución Exenta Nº 869, de 2017.

Dirígete a la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicada en Vicente Reyes Nº 198, Maipú, Región Metropolitana o envía los documentos en PDF al correo electrónico pcifuentes@mtt.gob.cl.

Importante:

  • Para conocer el costo de este trámite, revisa la tabla de valores vigentes.
  • El 3CV evaluará la solicitud y emitirá un pronunciamiento en el que se informará, en caso de ser favorable, la aceptación y costo del servicio.
  • Deberás realizar presencialmente la entrega/retiro en el 3CV del casco protector para la ejecución de las verificaciones respectivas.
  • Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de los antecedentes y de la muestra física y, si el casco cumple con todas las características y especificaciones técnicas, el 3CV otorgará el certificado que contiene el número de acreditación, código de respuesta rápida "QR", marca, modelo, lote, fabricante, país de fabricación, solicitante y fecha de emisión.
  • La acreditación se mantendrá vigente mientras las características y especificaciones técnicas del casco no cambien respecto de los antecedentes entregados.
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y Transportes y Telecomunicaciones, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. 
  • Decreto Nº 231, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece casco reglamentario para conductores y ocupantes de vehículos que indica. 
  • Resolución Exenta Nº 896, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el procedimiento y las pautas generales para realizar la acreditación de cascos, y las especificaciones del etiquetado a que se refiere el inciso segundo del artículo 4° del Decreto Supremo N° 231, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

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