Acreditación de casco protector para uso en motocicletas

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Descripción

Si eres importador, distribuidor o primer vendedor de cascos, que deben utilizar los conductores de motocicletas, motonetas, bicimotos, moto para todo terreno (de tres o cuatro ruedas) u otro vehículo motorizado similar de dos o tres ruedas, solicita la acreditación del casco protector para validar que cumple con las características y especificaciones establecidas en el Decreto N° 231, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT). 

Solicita la acreditación durante todo el año a través del portal cero filas de la Subtrans o en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV).

Ingresa los antecedentes requeridos al portal cero filas de la Subtrans con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

También, puedes presentar la documentación (anexo A y B de la Resolución N° 896) en el Centro de Control y Certificación Vehicular (en adelante 3CV), del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ubicado en Vicente Reyes N° 198, Maipú, Región Metropolitana.

Revisa la información del proceso de acreditación.

Importante:

  • Deberás presentar una muestra física del casco que quieres acreditar.
  • El 3CV evaluará los antecedentes y te informará el resultado de la solicitud. Si es aceptada, se te comunicará el costo del servicio (tabla de valores).
  • En un plazo de 15 días hábiles, el 3CV revisará los requisitos de seguridad, diseño e información (al usuario) mediante la verificación física de las características de la muestra del casco protector.
  • Si el casco cumple con las características y especificaciones técnicas, el 3CV otorgará el certificado que contiene el número de acreditación, código de respuesta rápida QR, marca, modelo. De no cumplir, se te informarán las observaciones.
  • Si obtienes la certificación de un determinado modelo de casco, deberás incorporar o adherir de forma permanente en cada una de las unidades que comercialices, una etiqueta con indicación del respectivo código de acreditación otorgado por el 3CV y su correspondiente código de respuesta rápida QR, el cual almacenará información de la acreditación.
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y Transportes y Telecomunicaciones, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. 
  • Decreto Nº 231, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece casco reglamentario para conductores y ocupantes de vehículos que indica. 
  • Resolución Exenta Nº 896, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el procedimiento y las pautas generales para realizar la acreditación de cascos, y las especificaciones del etiquetado a que se refiere el inciso segundo del artículo 4° del Decreto Supremo N° 231, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

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