Anulación de un curso de capacitación asociado a una franquicia tributaria

Última actualización:

Descripción

Permite anular un curso de capacitación asociado a una franquicia tributaria.

La anulación se puede realizar en todos los estados de la actividad:

  • Antes de la fecha de inicio.
  • Hasta la fecha de término.
  • Antes de liquidar.
  • Cuando la actividad está liquidada.
El trámite se puede realizar hasta el 5 de marzo de cada año exclusivamente por correo electrónico, solicitado por el ente comunicador (empresa u OTIC).

Empresas que:

  • Sean contribuyentes de primera categoría.
  • Posean una planilla de remuneraciones imponibles superior a 35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
  • Acrediten el pago total de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores.
  • Cuenten con actividades liquidadas correspondientes al año que se está tributando.

El uso de franquicia tributaria de capacitación comprende el año tributario.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Escriba un correo electrónico según corresponda a la región de ejecución del curso: 
  2. En el mensaje, detalle la solicitud de anulación e incluya el ID de acción del curso.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la anulación. Le será notificado por correo electrónico la confirmación de la anulación de un curso de capacitación asociado una franquicia tributaria.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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