Descripción
Permite solicitar el levantamiento de una vía férrea, en el caso de que ya no sea rentable para su explotación. Esto se hace a través de una solicitud, la cual, a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se envía al Presidente de la República para que dicte un decreto de levante de vía.
La actividad ferroviaria se entiende como una función del Estado que éste delega o encarga a los que denomina “particulares” (personas naturales o jurídicas) o lo realiza a través de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE).
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downPersonas naturales o jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_downSe hace el trámite en línea, debe tener ClaveÚnica
Oficio o carta dirigida al Departamento de Transporte Terrestre (DTT) de la Subsecretaría de Transportes, el que formaliza la solicitud de levante de vía. Al oficio o carta se deben adjuntar al menos los siguientes documentos:
- Antecedentes sobre la vía:
- Descripción de la vía férrea (ubicación, extensión, infraestructura ferroviaria que la compone) y el estado en que ésta se encuentra.
- Plano general georreferenciado del trazado y especificaciones del tipo de proyecto. El plano se adjunta en formato DWG y PDF.
- Justificación del levante.
- Información estadística de las Ton/KM transportadas o pasajeros/km transportadas.
- Análisis económico del uso de la vía férrea.
- Fundamentos comerciales, sociales y técnicos.
- Memoria justificada de la solicitud de levante de la vía.
- Informe técnico que contenga al menos la siguiente información:
- Descripción de la situación comercial que justifica el levante de la vía férrea.
- Informes técnicos de instituciones públicas.
- Otros antecedentes solicitados por el Departamento de Transporte Terrestre, de la Subsecretaría de Transportes, que se consideren pertinentes y que ayuden a la comprensión de la solicitud.
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downLa solicitud no tiene costo. Una vez dictado el decreto, deberá pagar la publicación en el Diario Oficial del Decreto de Levante de Vía Férrea.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "ClaveÚnica".
- Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no posee ClaveÚnica, solicítela.
- Ingrese los antecedentes y documentos solicitados, y haga clic en "siguiente".
- Complete los datos requeridos, y haga clic en "enviar"
- Como resultado, habrá enviado la solicitud de levante de línea férrea.
Importante:
- Para consultas, escriba un correo electrónico al profesional del Departamento de Transporte Terrestre (Ex–Ferroviario) de la Subsecretaría de Transportes, Hans Voigt Alarcón a hvoigt@mtt.gob.cl.
- No existe un plazo máximo normado para dar respuesta al requerimiento, aunque se necesita de al menos seis meses desde el envío de todos los antecedentes y conformidad de todas las partes. Esto con toma de razón de la Contraloría General de la República.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en Amunategui 139, Santiago centro. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: presentar una solicitud de levante de vía férrea.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud.
Importante:
- Para consultas, escriba un correo electrónico al profesional del Departamento de Transporte Terrestre (Ex–Ferroviario) de la Subsecretaría de Transportes, Hans Voigt Alarcón a hvoigt@mtt.gob.cl.
- No existe un plazo máximo normado para dar respuesta al requerimiento, aunque se necesita de al menos seis meses desde el envío de todos los antecedentes y conformidad de todas las partes. Esto con toma de razón de la Contraloría General de la República.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos en un correo electrónico a correosubtransoficinadepartes@mtt.gob.cl con el asunto: Presenta solicitud de levante de vía férrea.
- Como resultado del trámite, habrá enviado la solicitud.
Importante:
- Para consultas, escriba un correo electrónico al profesional del Departamento de Transporte Terrestre (Ex–Ferroviario) de la Subsecretaría de Transportes, Hans Voigt Alarcón a hvoigt@mtt.gob.cl.
- No existe un plazo máximo normado para dar respuesta al requerimiento, aunque se requiere de al menos seis meses desde el envío de todos los antecedentes y conformidad de todas las partes. Esto con toma de razón de la Contraloría General de la República.
Marco Legal
keyboard_arrow_downLey General de Ferrocarriles, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Nº 1.157 de 1931, del ex Ministerio de Fomento.