Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores

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Descripción

El Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores (PADDS) mejora la oportunidad y continuidad de la atención de las personas con dependencia severa, mediante la atención integral (física, emocional y social) en el domicilio familiar. La atención domiciliaria entrega a los cuidadores, las cuidadoras y las familias las herramientas necesarias para asumir el cuidado integral de los pacientes.

El programa se extiende durante el tiempo en que la persona mantiene la condición de dependencia severa y está disponible todo el año, sin límite de cupos.
  • Personas inscritas y validadas en el Centro de Salud de Atención Primaria (postas rurales, Centros Comunitarios de Salud Familiar, Centros de Salud Familiar, consultorios generales urbanos, consultorios generales rurales, hospitales de baja complejidad que cuenten con atención primaria), clasificadas como dependiente severo según el Índice de Barthel, y su cuidador o cuidadora.
  • En caso de que la situación de dependencia corresponda a niños y niñas menores de 6 años y a personas con diagnósticos de origen psiquiátrico e intelectual, que por las características de su ciclo vital o curso de la enfermedad, no reflejan la necesidad de apoyo en el instrumento de Barthel, pero presentan asistencia en forma continua para la realización de sus actividades de la vida diaria básica, deberán solicitar al médico del establecimiento un certificado que valide la dependencia, la necesidad de apoyo de un cuidador, y solicite el ingreso al programa.

Dirígete al Centro de Salud de Atención Primaria del cual es beneficiaria la persona con dependencia severa. 

El trámite lo puede realizar la persona con dependencia severa, su cuidador o cuidadora, algún familiar u otra persona relacionada.

Debes solicitar en forma telefónica o presencial al centro de salud la evaluación para ingresar al programa, mediante la realización de una Visita Domiciliaria Integral.

Importante:

  • Si necesitas más información, llama al 600 360 7777.
  • El programa no tiene costo y su vigencia se mantiene hasta el egreso de este (por traslado, disminución del nivel de dependencia o fallecimiento).
  • Ley Nº 20.422.
  • Resolución Exenta N° 141, que aprueba el programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa 2025.

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