Descripción
Permite que trabajadores y trabajadoras con una remuneración menor a $497.272 pesos brutos, puedan acceder al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), que es un aporte económico que tiene como objetivo garantizar un salario mínimo (líquido) de $379.793, para quienes, tengan un contrato laboral, sujeto al Código Laboral y con jornada ordinaria, es decir, que trabaje más de 30 y hasta 45 horas semanales.
El subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado permite a los trabajadores y trabajadoras recibir un apoyo monetario de hasta $66.893, dependiendo de su ingreso bruto.
Pueden postular trabajadores y/o los empleadores, a todos los trabajadores y trabajadoras que tengan contrato bajo el Código del Laboral y que cumplan con requisitos.
Revise las preguntas frecuentes, y obtenga más información sobre el cálculo de montos en el campo "detalles" de esta ficha.
¿A quién va dirigido?
Conocer másA todos los trabajadores y trabajadoras dependientes que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $497.272 pesos.
- El contrato debe ser con una jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
Importante:
Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente.
Detalles
Conocer másCálculo del monto del subsidio:
La verificación de los requisitos para acceder al subsidio va a considerar la base de información histórica del subsidio, es decir, se considerará la información más actualizada, ingresada por el empleador, sin embargo, si el trabajador o trabajadora también ha ingresado su postulación en ese periodo, se considerará la información de la persona trabajadora.
El cálculo del subsidio se realiza todos los meses, por lo tanto, puede variar si es que, por ejemplo, se modificó el monto de la remuneración, pactada en su contrato. La información que se considera, tiene base en la renta declarada en el sistema PreviRed, del tercer mes, previo al mes en que se le concede y se le paga el subsidio.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPostulación hecha por empleador o empleadora:
- Para la postulación en línea, el empleador debe tener clave tributaria del SII.
- Correo electrónico de cada trabajador o trabajadora.
Postulación realizada por la persona trabajadora:
- Número de documento de la cédula de identidad.
- Correo electrónico.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másSerá considerada la información de las postulaciones ingresadas desde el mes de abril 2021, en adelante, sea por empleadores y trabajadores, privilegiando la información entregada por la persona trabajadora.
Beneficio se entrega de forma mensual, con base en los antecedentes de renta de 3 meses previos a la fecha del pago.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másPostulación hecha por el empleador
- Haga clic en "Postular al IMG".
- Una vez en el sitio web del ingreso Mínimo Garantizado, en la sección empleadores "Postular", ingrese su RUT y su clave tributaria, y haga clic en "Ingresar".
- Descargue la planilla Excel para realizar la postulación.
- Complete la información solicitada en cada casilla e ingrese los datos de cada uno de los trabajadores, incluido el correo electrónico de cada trabajador (debe ser un correo personal de él o ella, no del encargado de recursos humanos o similar).
- Introduzca los datos de la cuenta bancaria de la persona trabajadora donde debe ser depositador el subsidio. Si no posee una cuenta bancaria, podrá abrir una CuentaRUT del BancoEstado en el mismo formulario.
- Una vez completada la planilla, súbala a la plataforma. Se le indicará si existe algún error, para que sea corregido de inmediato.
- Haga clic en "Adjuntar"; luego, en “Postular”
- Como resultado del trámite, habrá postulado al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y cada trabajador y/o trabajadora recibirá un comprobante de su solicitud.
Postulación realizada por la persona trabajadora:
- Haga clic en "Postular al IMG".
- Una vez en el sitio web del IMG, en la sección "Postula", ingrese su RUT, su fecha de nacimiento y número de documento de su cédula de identidad, seleccione "No soy un robot", y haga clic en "Postular".
- También puede ingresar con su ClaveÚnica, haciendo clic en "ClaveÚnica" e ingresando los datos solicitados.
- Complete la información solicitada e ingrese los datos bancarios para que se le deposite el subsidio. Si no posee una cuenta en la que se le pueda pagar el beneficio, podrá abrir una CuentaRUT del BancoEstado en el mismo formulario.
- Seleccione que ha leído la declaración jurada y que acepta sus condiciones.
- Haga clic en "Enviar".
- Como resultado del trámite, habrá postulado al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y recibirá un comprobante de su solicitud.
Importante:
- Se notificará por correo electrónico si obtuvo el subsidio. Esta información estará disponible en los últimos 10 días del mes siguiente al mes en el que postuló. También desde esa misma fecha podrá revisar el resultado de su postulación en el mismo sitio web.
- El plazo para reclamar o apelar es de cinco días hábiles desde la notificación del resultado de su postulación. Puede hacerlo en el mismo sitio web, seleccionando "¿Tienes un problema?", y posteriormente "Tipo de requerimiento" y "Cumplo con los requisitos, pero me rechazaron el subsidio", y adjuntando toda la documentación de respaldo.
- Si necesita apoyo para realizar la postulación online, puede llamar de forma gratuita al 800 104 777, opción 4, y luego opción 6.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 21.218 que crea un subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado
- Ley Nº 21.456, incluye modificaciones a la Ley Nº 21.218 y además “reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos.”