Asesoría jurídica para obtener el cumplimiento forzado en el pago de pensión de alimentos

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Descripción

Solicita orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para obtener el cumplimiento forzado en el pago de una pensión de alimentos, de quien se encuentra obligado u obligada a ello. 

Cuando una persona se encuentra obligada al pago de alimentos (ya sea porque así se determinó en un juicio de alimentos o porque se llegó a un acuerdo al respecto de ello en un proceso de mediación) y no cumple esta obligación, se puede solicitar al mismo juez o jueza de familia que ordene medidas de presión que se ejercen sobre la persona deudora para forzarla a pagar.

El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

A toda aquella persona (por sí misma o en representación de otra, sea mayor o menor de edad) a quien se le adeuden montos por concepto de pensiones de alimentos impagas.

Accede al patrocinio o firma de abogado y tramitación de juicio,  cumpliendo con los criterios socioeconómicos o perteneciendo a grupos definidos como vulnerables.

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Para ordenar las medidas de presión, debe solicitarse al juez o jueza que determine si efectivamente existe una deuda alimenticia, y cuál es su monto.

Una vez determinado esto, la deuda será notificada a ambas partes, entregándose a la persona deudora un plazo de tres días hábiles para que pague su deuda o, en su defecto, vaya al tribunal a ofrecer una fórmula de pago u objete el monto de la misma, en el caso de que estime que la liquidación no corresponde al monto real de la deuda.

Transcurrido el plazo y si la persona deudora no pagó ni ofreció una forma de pago ni objetó el monto, la persona beneficiaria de los alimentos (alimentario) podrá solicitar al tribunal que ordene alguna de las medidas de exigencia que establece la ley:

  • Retención judicial de los alimentos, que tiene por objeto ordenar al empleador o empleadora que retenga de la remuneración de la persona deudora el monto de la pensión y lo deposite en una cuenta bancaria abierta para ese mismo propósito.
  • Suspensión de la licencia de conducir hasta por seis meses.
  • Retención de la devolución a que tiene derecho el deudor o la deudora por concepto de impuesto a la renta.
  • Castigar a quien colabore en el ocultamiento del demandado o demandada con el fin de impedir su notificación o el cumplimiento de sus obligaciones parentales, con la pena de reclusión nocturna de hasta por 15 días.
  • Ordenar arresto nocturno (22:00 a 6:00 horas) hasta por 15 días. Si cumplido el arresto, el demandado o demandada deja de pagar la pensión correspondiente al mes siguiente, el juez o la jueza puede repetir esta medida hasta obtener el pago total de la pensión de alimentos adeudada.
  • Ordenar arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno. En caso de que se den nuevos incumplimientos, el juez o jueza podrá ampliar el arresto hasta por 30 días.
  • Ordenar su arraigo o prohibición para salir del país hasta que se pague lo adeudado. También se puede solicitar el arraigo al tribunal cuando existan motivos fundados para estimar que se ausentará del país y no dejará garantía para el pago de la pensión regulada o aprobada por el tribunal.
  • Solicitar que se ordenen garantías sobre los bienes de su propiedad, de manera de asegurar el pago de la pensión.
  • Embargar y rematar los bienes de la persona demandada, hasta el pago total de la pensión.

Datos de la causa en que se fijó la pensión de alimentos que se adeuda a la fecha (RUT y tribunal).

La asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del procedimiento hasta la obtención del pago de la pensión de alimentos adeudada, pero siempre y cuando existan antecedentes que permitan obtener dicho cumplimiento forzado.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haz clic en "Solicitar asesoría".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, completa la información solicitada.
  3. En el cuadro detállanos tu consulta escribe "Solicitar asesoría para obtener el cumplimiento forzado en el pago de una pensión de alimentos" y explica tu caso.
  4. Haz clic en "Enviar consulta". (El sistema le informará que su solicitud fue enviada con éxito).
  5. Como resultado del trámite, solicitaste orientación o información. Obtendrás respuesta a tu requerimiento a la brevedad y se te enviará al correo electrónico que registraste.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Dirígete a la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su región: 
    • CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta).
    • CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
    • CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes). En este caso, puede solicitar asesoría e información a través del sitio web o solicitar una hora de atención.
    • CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones del Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén).
  3. Explica el motivo de tu visita: solicitar asesoría para obtener el cumplimiento forzado en el pago de una pensión de alimentos.
  4. Entrega los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrás solicitado la asesoría. Si cumples con los requisitos de calificación, se te asignará un abogado o abogada especialista en materia de derecho de familia.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

Para orientación e información, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega el servicio de forma gratuita a todas las personas naturales.

Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y la tramitación de un juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si puede ser representado o representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ.

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