Derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

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Descripción

Permite solicitar un aprovechamiento de aguas subterráneas, las cuales son consideradas bienes nacionales de uso público, en conformidad con lo estipulado en los artículos 5, 59 y siguientes del Código de Aguas, lo dispuesto en el Reglamento de Explotación y Exploración de Aguas Subterráneas, y demás normas pertinentes.

La solicitud la puedes realizar durante todo el año en el sitio web de la Dirección General de Aguas (DGA), en las oficinas de partes de la DGA en la provincia donde está ubicado el punto de captación de las aguas.

Personas naturales o jurídicas.

Importante: el trámite lo puede realizar el o la representante del titular, por medio de un poder notarial.

Declarada admisible tu solicitud, tienes un plazo máximo de días hábiles (contados desde la fecha en que se declaró la admisibilidad) para publicarla en los siguientes medios:

  • Diario Oficial: por una sola vez los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados - plazo de 20 días hábiles.
  • Aviso radial: difundir los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados -  plazo de 25 días hábiles.

El aviso radial debe ser difundido una vez (entre las 8:00 y las 20:00 horas) en alguna de las radioemisoras que figuren en la lista de concesiones vigentes (radioemisoras) de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que presten servicio en el sector o los sectores que involucren el punto o los puntos de la respectiva solicitud. Si no existen emisoras que tengan cobertura en la zona de captación, se deberá comunicar en una radioemisora de la capital provincial o provincias respectivas.

En un plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación, los interesados y las interesadas deberán ingresar directamente en la oficina de la DGA o en el sitio web institucional lo siguiente:

  • Copia o impresión de la publicación realizada en el Diario Oficial.
  • El certificado de difusión radial suscrito por el o la Gerente General, Director o representante legal de la radioemisora correspondiente de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión.

Importante: Los terceros titulares de derechos de aprovechamiento constituidos e inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces respectivo que se sientan afectados en sus derechos, podrán oponerse a la presentación dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la fecha de la última publicación o de la notificación, en su caso.

Revisa la guía para la presentación de los documentos.

Los derechos de aprovechamiento, una vez otorgados, están sujetos a temporalidad, período que quedará establecido en el acto resolutivo que autorice este derecho.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Haz clic en “Ingresar solicitud”.
  3. Una vez en el sitio web de la DGA, selecciona “ClaveÚnica” en la parte superior derecha.
  4. Ingresa tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “continuar”. Si no la tienes, solicítala.
  5. Haz clic en “Solicitud de Derechos de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas".
  6. Completa la información solicitada, adjunta los documentos requeridos, revisa el resumen, y haz clic en “enviar solicitud”.
  7. Como resultado del trámite, habrás presentado la solicitud.

Importante:

Si necesitas más información, llama al Departamento Información de Recursos Hídricos (DIRH) de la DGA, al número telefónico +56 2 2449 40 00, opción 4, o ingresa una consulta a través del Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC).

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Dirígete a:
  3. La oficina de partes de la Dirección General de Aguas (DGA), correspondiente a la provincia en la que se encuentra ubicado el punto de captación de aguas.
  4. Explica el motivo de tu visita: presentar la solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas.
  5. Entrega los antecedentes requeridos.
  6. Como resultado del trámite, habrás presentado la solicitud.

Importante: 

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

No tiene costo. Sin embargo, la persona interesada tendrá que financiar la publicación, la difusión radial o la visita a terreno para constatar la existencia del recurso y la ubicación real de la captación, además de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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