Descripción
Existen situaciones en que es necesario aplicar con urgencia un producto que no se encuentra registrado y del cual no se dispone de un similar registrado. En estos casos, el SAG puede evaluar la solicitud de uso especial presentada por los médicos veterinarios tratantes y aprobar mediante resolución fundada su internación, elaboración, expendio y uso bajo las condiciones que indique.
Importante: las solicitudes de uso especial son excepcionales y se evalúan caso a caso. El SAG puede solicitar antecedentes complementarios.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Médico veterinario tratante (autorización de uso).
- Director técnico de un laboratorio de producción farmacéutica nacional (autorización de fabricación).
- Director técnico de un establecimiento importador (autorización de importación).
Detalles
Conocer másRequisitos:
- No debe existir un medicamento similar registrado en el SAG.
- La solicitud debe ser presentada por el médico veterinario tratante.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDebe completarse y presentarse la información de acuerdo a lo señalado en la Guía actividades que ejecuta el solicitante para la presentación de una solicitud de uso especial de un producto farmacéutico de uso exclusivamente veterinario.
Además, la persona solicitante debe contar con ClaveÚnica.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa vigencia es variable, quedando establecida en la resolución que autoriza el uso especial.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Cerofilas de SAG, en “autorización de uso especial de producto farmacéutico de uso exclusivamente veterinario”, haga clic en "iniciar con clave única".
- Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “autenticar”.
- Complete la solicitud.
- Como resultado del trámite, SAG evaluará su solicitud y, si corresponde, emitirá la resolución de autorización.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másAutorización especial: 5 UTM.
Marco Legal
Conocer más- Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Reglamento de Productos Farmacéuticos de uso Exclusivamente Veterinario.
- Resolución Nº 2.361 de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.