Descripción
Solicita al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) la aprobación de un producto farmacéutico (de carácter urgente) para el uso exclusivamente veterinario que no se encuentre registrado y no exista un similar. La resolución permitirá la internación, elaboración, expendio (comercialización) y uso bajo condiciones que indiques.
Revisa quiénes pueden gestionar
Conocer más- Médico veterinario tratante (autorización de uso).
- Director técnico de un laboratorio de producción farmacéutica nacional (autorización de fabricación).
- Director técnico de un establecimiento importador (autorización de importación).
Conoce la documentación
Conocer másRevisa los antecedentes en la guía: “Actividades que ejecuta el solicitante para la presentación de una solicitud de uso especial de un producto farmacéutico de uso exclusivamente veterinario”.
Las solicitudes de uso especial son excepcionales y se evalúan caso a caso, por lo que el SAG puede solicitarte antecedentes complementarios.
Requisitos:
- No debe existir un medicamento similar registrado en el SAG.
- La solicitud debe presentarla un profesional del área.
Ingresa la solicitud
Conocer másAdjunta la documentación a través del portal cero filas del SAG con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Importante:
- El valor asociado por la gestión es de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
- La vigencia dependerá de lo establecido en la resolución que autoriza el uso especial
Lee el marco legal
Conocer más- Ley N° 18.755, del 7 de enero de 1989, que establece normas sobre el SAG.
- Decreto N° 25, del 8 de octubre de 2005, que aprueba reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.
- Resolución Exenta N° 2.361, del 17 de mayo de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.