Tramitación de licencias médicas en la COMPIN (solo asegurados de Fonasa)

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Descripción

Permite a los empleadores y empleadoras del sector público y privado, y a los trabajadores y trabajadoras independientes, cumplir con la obligación de entregar el formulario en papel de la licencia médica a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), para que emita su pronunciamiento médico, y determine el derecho al subsidio y el respectivo monto, en los casos que corresponda. 

Los trabajadores y trabajadoras que tienen licencias médicas emitidas a través de un medio electrónico no necesitan entregar la copia del documento a la COMPIN. 

Importante:

  • Este trámite solo aplica para las personas usuarias del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), ya que las trabajadoras y trabajadores afiliados a una Isapre deben presentar la licencia médica en la entidad respectiva.
  • Los trabajadores y trabajadoras que están afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y su licencia médica es tipo 5 (accidente laboral o de trayecto) o tipo 6 (enfermedad profesional) deben gestionarla directamente en esta institución pública.
Los trabajadores dependientes e independientes que tengan el formulario en papel de la licencia médica deben enviarla (junto a los antecedentes complementarios) por correo electrónico a la COMPIN.
  • Empleadores y empleadoras del sector público y privado, cuyos trabajadores y trabajadoras pertenecen al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
  • Trabajadoras y trabajadores independientes que forman parte del Fondo Nacional de Salud (Fonasa). 

Plazos que tienen los trabajadores y trabajadoras para entregar la licencia médica a sus empleadores o empleadoras:

  • Trabajador del sector privado: dos días hábiles contados desde el inicio de la licencia médica.
  • Trabajador del sector público: tres días hábiles contados desde el inicio de la licencia médica. 

Importante: si la licencia emitida por la o el médico es electrónica, y la empleadora o empleador está adscrito a un sistema en línea, el trabajador o trabajadora dependiente no deberá gestionar el envío del formulario a su trabajo ni considerar los plazos descritos anteriormente. 

Plazo que tienen los trabajadores y trabajadoras independientes para entregar la licencia médica a la COMPIN: dos días hábiles siguientes a la emisión de la licencia médica.

Plazo que tienen los empleadores y empleadoras para entregar la licencia a la COMPIN: tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la licencia médica.

Para que la licencia médica sea tramitada por la COMPIN, es necesario que:

  • El formulario contenga todos los datos de las secciones A y C sin correcciones. La sección A del formulario debe ser completada por el o la profesional que emita la licencia médica y validada por el trabajador o trabajadora, quien, además, debe firmar el documento. Al empleador o empleadora le corresponderá completar y firmar los datos de la sección C.
  • Antecedentes requeridos según el tipo de trabajador o trabajadora (dependiente o independiente) y el tipo de licencia extendida por la o el médico tratante.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email

Importante: los trabajadores y trabajadoras deberán seguir los siguientes pasos para entregar el formulario de la licencia médica en papel (si el formulario es 100% electrónico no es necesario realizar esta gestión):

  1. Reúna los antecedentes requeridos. 
  2. Envíe una imagen del formulario de la licencia médica (en formato PDF o imagen) por correo electrónico a su empleador o empleadora, sin abrir el sello de la parte inferior del formulario. Le recomendamos que llame por teléfono a su empleador o empleadora para confirmar el envío de los antecedentes. 
  3. Cuando el empleador o empleadora reciba los antecedentes, debe completar el formulario “tramitación licencia médica empleador” y devolverle el documento por correo electrónico.
  4. Envíe la licencia médica escaneada o una imagen de esta, junto al formulario y los antecedentes que les mandó su empleador o empleadora a las siguientes instituciones:
  5. Como resultado del trámite, habrá entregado el formulario en papel de su licencia médica.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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