Descripción
Permite acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) a quienes no cuentan con recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de perder su trabajo.
Una vez que realices la solicitud, deberás activar tu cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) para acceder a las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece esta plataforma.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTrabajadores y trabajadoras que se encuentran cesantes al momento de la solicitud y que cumplan los siguientes requisitos:
- Sus recursos en la Cuenta Individual por Cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
- Contar con al menos 10 cotizaciones pagadas. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral. Las cotizaciones deben haberse acreditado dentro de los 24 meses anteriores al mes de término de la relación y las 3 últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
- El contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
Detalles
Conocer másLos pagos se suspenderán automáticamente en los siguientes casos:
- Al registrar un aviso de inicio laboral, después de la fecha de término de relación laboral.
- Al recibir el pago de una nueva cotización, posterior a la fecha de término de relación laboral.
- Cuando se rechazan las ofertas laborales y de capacitación que se ponen a disposición en la Bolsa Nacional de Empleo, o cuando no se realiza la activación de su cuenta en la BNE en el período correspondiente.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente.
- Documento de respaldo que indique el término de la relación laboral.
- Si realiza el trámite en línea, en la web www.afc.cl, también puede hacerlo con su ClaveÚnica.
Las personas extranjeras que requieran su clave AFC pueden solicitarla a solicitudclaves@afc.cl, adjuntando:
- Extranjero o extranjera con residencia definitiva: cédula de identidad vigente.
- Extranjero o extranjera con permanencia transitoria, que solicitó por primera vez: cédula de identidad vigente y comprobante que acredite que se inició el trámite de permanencia definitiva.
Solo en sucursales (presencial), presentando:
- Extranjero o extranjera con permanencia transitoria, que solicitó su renovación: cédula de identidad vigente y comprobante que acredite que está en proceso el trámite para permanencia definitiva.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl beneficio estará vigente mientras el trabajador o la trabajadora mantenga la calidad de cesante.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Acceder al Fondo".
- Una vez en el sitio web de la AFC, ingrese con:
- Su RUT y clave de AFC o
- Con su RUT y ClaveÚnica.
- Seleccione la opción “cobro del seguro”, y luego haga clic en “solicitar cobro del seguro".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el cobro del seguro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Una vez revisada su solicitud, recibirá un correo electrónico que indique si su solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles.
Importante: una vez que la solicitud de prestación por Seguro de Cesantía ha sido aprobada, deberá activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y acceder a las oportunidades laborales y de capacitación ofrecidas por la plataforma; en caso contrario, perderá el beneficio.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una de las sucursales de AFC.
- Explique el motivo de la visita: solicitar el seguro de cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.
- Entregue los antecedentes.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si su solicitud es aprobada, le informarán la fecha y modalidad de pago.
Importante: una vez que la solicitud de prestación por Seguro de Cesantía ha sido aprobada, deberá activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y acceder a las oportunidades laborales y de capacitación ofrecidas por la plataforma; en caso contrario, perderá el beneficio.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 20.440.
- Decreto Nº 91, de 2009, que regula el artículo 25 bis de la Ley Nº 19.728.
- Decreto Nº 49, de 2002.
- Decreto Nº 250, de 2009.
- Ley Nº 19.728 que establece un seguro de desempleo.
- Ley Nº 20.829 que modifica el seguro de cesantía de la Ley Nº 19.728.