Descripción
Permite a pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) certificar que el beneficiario se encuentra vivo(a), cumpliendo así con la obligación anual de acreditar supervivencia exigida por el IPS.
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downPensionados del Instituto de Previsión Social residentes en el exterior.
Detalles
keyboard_arrow_downImportante:
- Los certificados de supervivencia de beneficiarios de leyes especiales y reparatorias, exonerados, Ley Valech, entre otros, son tramitados por oficio (enviados mediante valija diplomática) al IPS a través de la Dirección para la Comunidad de Chilenos en el Exterior (DICOEX).
- Los certificados de supervivencia de chilenos residentes en el exterior, que cobran sus pensiones IPS a través de apoderados residentes en Chile, deben remitir el documento a su apoderado, quien deberá entregarlo personalmente en el IPS correspondiente al lugar de pago (el apoderado debe poseer poder vigente).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_down- Comprobante de pago o liquidación de pago de pensión IPS.
- Fotocopia de la cédula de identidad chilena del pensionado.
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downConsulte en el consulado correspondiente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “ir el trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en “guardar y continuar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la certificación de supervivencia IPS para chilenos en el exterior.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase al consulado de Chile correspondiente a su país de residencia.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la certificación de supervivencia IPS para chilenos en el exterior.
- Entregue los antecedentes.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la certificación. El consulado emitirá un certificado de supervivencia que será enviado a través de la valija diplomática, a la Dirección de Servicios Consulares-Departamento de Previsión Social, donde será legalizado y remitido al IPS para su registro e incorporación.