Solicitud de importación material de propagación genéticamente modificado (OGM) para fines de liberación al medio ambiente

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Descripción

Si eres una persona del rubro semillero, desarrollador de biotecnología, centros de investigación o universidades, solicita autorización para la importación de material de propagación genéticamente modificado (OGM) para la realización de semilleros de exportación o ensayos de evaluación.

Obtén más información.

Gestiona la autorización durante todo el año a través del sitio web y oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

El valor por hora corresponde a 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por hora funcionaria:

  • Materiales sin autorización previas: 33,6 horas estándar.
  • Materiales autorizados en casos anteriores: 7,8 horas estándar.

La vigencia dura hasta el 31 de diciembre de cada año. En casos debidamente justificados es posible solicitar una ampliación del plazo.

Reúne los antecedentes requeridos y gestiona la autorización a través del sitio web del SAG con tu ClaveÚnica. Si no la tienes solicítala. Además, puedes presentar los documentos en la oficina sectorial más cercana.

Importante:

  • Tendrás respuesta en 45 días hábiles, para organismos modificados cuya internación se solicita por primera vez. Mientras que, para otros casos, son 20 días hábiles.
  • Si tienes consultas o sugerencias relativas al funcionamiento del sistema información, envía un correo a autorizacion.ogm@sag.gob.cl.
  • Decreto N° 142, del 14 de septiembre de 1990, que fija tarifas por las labores de inspección que realiza el SAG.
  • Resolución Exenta N° 1.523, del 6 de julio de 2001, que establece normas para la internación e introducción al medio ambiente de organismos vegetales vivos modificados de propagación.

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