Certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo

Última actualización:

Descripción

Si representas a una entidad aeronáutica o eres titular de una licencia aeronáutica con habilitación de instructor o instructora, solicita el certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo.

Este documento, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), acredita la aprobación de un programa para impartir instrucción de vuelo teórica o práctica de forma remunerada.

Solicita el certificado en la oficina de la subdirección de Operaciones Aeronáuticas o por correo electrónico de la DGAC.

Para obtener el certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo, debes cumplir los siguientes requisitos:

Instructores:
  • Contar con un plantel para impartir la instrucción teórica y práctica de alumnos y alumnas piloto, de acuerdo con los programas de instrucción establecidos por la DGAC para las distintas habilitaciones.
  • Tener la licencia comercial y habilitación de instructor o instructora de vuelo por instrumentos, cuando corresponda.
Programas de instrucción:
  • Elaborar los programas según los contenidos y las horas de vuelo establecidos en la reglamentación aeronáutica.

Importante:

  • Debes aplicar obligatoriamente los programas oficiales establecidos por la DGAC para obtener licencias y habilitaciones.
  • Los programas deben estar adaptados al tipo de material que la alumna o alumno piloto va a recibir en la instrucción.
Infraestructura:
  • Contar con salas de clases adecuadas (por ejemplo, capacidad de asientos para los y las estudiantes) y que cumplan las normas locales de salubridad.
  • Disponer de una oficina administrativa con mobiliario y equipamiento para mantener los archivos de la escuela y administrar el proceso de instrucción.
  • Contar con equipos de apoyo para la instrucción, como maquetas, ayudas audiovisuales, cartas aeronáuticas, plotters, computadores, entre otros.

Importante: los entrenadores de operaciones terrestres o simuladores destinados a la práctica de procedimientos de vuelo deben estar aprobados por la DGAC, para que las horas de instrucción sean reconocidas.

Bases de operaciones:
  • Establecer un aeródromo o aeropuerto como base principal de vuelo.
  • Presentar la autorización del propietario o de la propietaria si la base de operaciones se ubica en un aeródromo o aeropuerto privado.
Aeronaves:
  • Contar con aeronaves adecuadas para la instrucción que se impartirá.
  • Tener matrícula comercial vigente.
  • Contar con el Manual de Control de mantenimiento (MCM).

Para solicitar el documento, dirígete a la oficina de la subdirección de Operaciones Aeronáuticas de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), ubicada en Miguel Claro 1314, piso 2, Providencia y presenta los antecedentes requeridos.

También puedes enviar los documentos al correo electrónico certificadoPIV@dgac.gob.cl, con copia a sbd.aeronavegabilidad@dgac.gob.cl.

Importante:

  • Antes de emitir el certificado, la DGAC inspeccionará las dependencias, los registros, los equipos, el personal y las aeronaves que se utilizarán para la instrucción.
  • Si necesitas más información, llama al +56 2 2439 23 00.
  • El certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo es gratuito.
  • El documento tiene una vigencia indefinida, siempre que se mantengan los requisitos exigidos. Las escuelas de vuelo son fiscalizadas anualmente.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
58620