Descripción
Permite a las entidades aeronáuticas y a titulares de una licencia aeronáutica con habilitación de instructor o instructora solicitar el certificado que lo habilita para enseñar metodología de vuelo (teórica o práctica) a cambio de una remuneración.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades aeronáuticas y titulares de una licencia aeronáutica con habilitación de instructor o instructora.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másLos interesados e interesadas que deseen obtener el certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo deben cumplir los siguientes requisitos:
Instructores:
- Contar con un plantel para llevar a cabo la instrucción teórica y práctica de las alumnas y alumnos pilotos, según los programas de instrucción establecidos por la DGAC para las diferentes habilitaciones.
- Tener la licencia comercial y la habilitación de instructor o instructora de vuelo por instrumentos (cuando corresponda).
Programas de instrucción:
- Deben ser elaborados según los contenidos y las horas de vuelo que establece la reglamentación aeronáutica.
- Tienen que estar aprobados por la DGAC y adaptados al tipo de material que la alumna o alumno piloto va a recibir en la instrucción.
Importante: los programas oficiales que la autoridad aeronáutica posee para obtener las licencias y habilitaciones deben ser aplicados obligatoriamente.
Infraestructura:
- Contar con salas de clases adecuadas (por ejemplo, capacidad de asientos para los y las estudiantes), y cumplir las correspondientes ordenanzas locales de salubridad.
- Tener una oficina administrativa con mobiliario y equipamiento adecuado para mantener los archivos de la escuela y la administración del proceso de instrucción.
- Poseer equipos de apoyo a la instrucción, tales como maquetas, ayudas audiovisuales, cartas aeronáuticas, plotters, computadoras, entre otros.
Importante: los entrenadores y entrenadoras de operaciones terrestres, o simuladores para la práctica de procedimientos de vuelo, tienen que estar aprobados por la DGAC, con el propósito de reconocer los créditos por hora de instrucción.
Bases de operaciones:
- Fijar un aeródromo o aeropuerto como base principal de vuelo.
- Presentar el permiso del propietario o propietaria para realizar la escuela de vuelo si la base está ubicada en un aeródromo o aeropuerto privado.
Aeronaves:
- Contar con aeronaves adecuadas para la instrucción que se desea impartir.
- Poseer una matrícula comercial vigente.
- Tener aprobado el Manual de Control de mantenimiento (MCM).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida, mientras cumpla los requisitos. Las escuelas de vuelo son fiscalizadas anualmente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la subdirección de Operaciones Aeronáuticas de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), ubicada en Miguel Claro 1314, piso 2, Providencia.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación del programa de instrucción de vuelo.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la certificación.
Importante:
- Antes de otorgar el certificado de aprobación de programas de instrucción de vuelo, la autoridad aeronáutica inspeccionará las dependencias, registros, equipos, personal y aeronaves a utilizar, con el objetivo de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos y evaluar si corresponde o no la autorización.
- Si requiere más información, llame al +56 2 2439 23 00.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.