Descripción
Permite ingresar material vegetal al país con el propósito de ser multiplicado, siempre y cuando esté contenido en un listado de especies autorizadas desde orígenes determinados. Esto se realiza a través de una resolución exenta, documento que también autoriza al lugar donde se desarrollará la cuarentena de las plantas, para verificar la ausencia de plagas que no están en Chile (cuarentenarias).
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que estén relacionadas con la producción de plantas o viverismo.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de internación a cuarentena post entrada de material vegetal.
- Estructura donde se realizará la cuarentena de posentrada, la que debe ser aprobada por el SAG mediante un informe favorable.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa resolución para el ingreso tiene una vigencia de 90 a 120 días.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a cualquier oficina regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
- Explique el motivo de su visita.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de permiso. Los inspectores del SAG verificarán que la infraestructura propuesta para la cuarentena y demás requisitos establecidos en la normativa vigente se cumple. Si el informe de los inspectores indica que es así, se emitirá una resolución autorizando la importación del material y el lugar de cuarentena. Una vez emitido el documento, el material vegetal puede ser importado, quedando bajo régimen de cuarentena. Pasado el tiempo requerido y realizadas todas las pruebas de laboratorio necesarias, el material se libera para ser usado por el viverista.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másLos costos asociados dependerán del tipo de material que ingresa.