Descripción
Permite la aplicación de plaguicidas destinados al control de lagomorfos y roedores en áreas rurales, actividad que solo se puede realizar previa autorización de un plan de control presentado al SAG por las empresas inscritas en el Registro Nacional de Empresas Controladoras de Lagomorfos y Roedores.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas inscritas en el Registro Nacional de Empresas Controladoras de Lagomorfos y Roedores.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másLa solicitud debe contener la siguiente información:
- Nombre del profesional o profesionales encargados del control y ejecución de las labores, indicando: dirección, RUT y número de registro anual vigente como empresa controladora de lagomorfos y roedores, o número de resolución que inscribe en el Registro Nacional de Empresas Controladoras de Lagomorfos y Roedores.
- Nombre, rol de avalúo, plano de ubicación, superficie del o los predios (con un plano en una escala no inferior a 1:20.000) y superficie a controlar, vías de acceso principales y secundarias del predio en que se controlarán los lagomorfos y roedores dañinos. Además, debe indicar la posible ubicación de los letreros de advertencia e información relativa a la ubicación del sector donde se llevará a efecto el plan de control (para facilitar la fiscalización por parte del SAG).
- Indicación de la forma de control, especie a controlar, ingrediente activo, formulación comercial a utilizar y su concentración (previamente dicha formulación debe estar inscrita en los registros del servicio).
- La solicitud que acompañe al plan de control debe estar firmada por el propietario del predio y el profesional a cargo de la elaboración del plan de control.
- Nombre de las personas que participarán en las faenas de aplicación en terreno, con el título o especialidad de cada uno si lo tuvieran. Estas personas estarán bajo la supervisión y responsabilidad de el o los profesionales que elaboraron el plan de control.
Importante: si realiza el trámite en línea, deberá contar con ClaveÚnica. Si no la tiene, solicítela.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másTres meses.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Ir a la solicitud".
- Una vez en el sitio web de Cerofilas de SAG, en la opción de “Solicitud de autorización del plan de control de lagomorfos y roedores”, haga clic en "Iniciar sesión".
- Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "Autenticar". Si no cuenta con esta clave, solicítela.
- Complete el formulario.
- Adjunte los antecedentes requeridos, y siga las instrucciones.
- Pague el trámite en línea de acuerdo con la tarifa.
- Como resultado del trámite, SAG revisará la solicitud. Si se cumplen todos los requisitos, en un plazo máximo de 15 días hábiles se le enviará la resolución de plan de control por correo electrónico.
Importante: la solicitud de aprobación del plan de control podrá ser acogida o rechazada, total o parcialmente. No obstante, antes de que se emita un pronunciamiento sobre esta, se le podrá exigir a la persona interesada que entregue los antecedentes que falten para completar el trámite.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la dirección regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que corresponda a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización del plan de controlde lagomorfos y roedores.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Pague la tarifa que corresponda.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Recibirá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 10 días hábiles.
Importante: la solicitud de aprobación del plan de control podrá ser acogida o rechazada, total o parcialmente. No obstante, antes de que se emita un pronunciamiento sobre esta, se le podrá exigir a la persona interesada que entregue los antecedentes que falten para completar el trámite.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM).
- 0,14 UTM, para ampliación de plazo.
Marco Legal
Conocer más- Resolución N.º 223, de 1995, modificada por la resolución N.º 2.177, de 1995, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Ley N.º 19.473 y el Decreto Supremo (DS) N.º 5 y sus modificaciones.