Internación de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas

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Descripción

Solicita autorización de internación de fauna exótica a Chile, según la Ley de Caza y su reglamento, que regula el ingreso de ejemplares vivos de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas que puedan perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental.

Obtén más información.

Gestiona la internación durante todo el año a través del sitio web, correo electrónico y oficinas del SAG.

Personas naturales o jurídicas que necesiten internar al país animales de fauna exótica, con fines comerciales, de exhibición, reproducción, criadero, uso científico y mascota.

Importante:

  • Antes de la solicitud, corrobora la existencia de requisitos sanitarios (Certificado Zoosanitario CZE) entre Chile y el país de procedencia de los animales. Consulta al correo electrónico propec@sag.gob.cl.
  • El SAG podrá solicitar algún otro tipo de documento.

El valor depende de la cantidad de especies que se encuentren dentro de la solicitud:

Ingresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala

También puedes adjuntar la documentación al correo electrónico partes@sag.gob.cl o acudir a la oficina de partes del SAG, ubicada en Paseo Bulnes 140, Santiago.

Importante:

  • Una vez ingresada la solicitud, recibirás un correo indicando el monto a pagar.
  • Tendrás respuesta en un plazo de 60 días hábiles mediante una resolución exenta emitida por el SAG.
  • La vigencia dependerá de cada situación (generalmente es por 6 meses).

Ley N° 19.473, de 1996, del Ministerio de Agricultura.

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