Certificación de existencia de covaderas (guaneras) y lugares de aposentamiento de aves guaníferas para solicitudes de concesión marítima

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Descripción

Solicita al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) un certificado que confirme si en el radio de 2 km que rodea al sector pretendido como concesión marítima existen covaderas o guaneras (sitio donde abunda el guano de aves marítimas), o es lugar de aposentamiento de aves guaníferas, cuando la solicitud se refiera a las regiones Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama.

Haz la solicitud durante todo el año en el sitio web y en las oficinas del SAG.
  • Solicitud con la individualización de la persona: nombre, RUT, dirección de residencia vigente, número de contacto y correo electrónico.
  • Antecedentes del proyecto: nombre, descripción y objetivo del proyecto, tipo de concesión solicitada (permiso o autorización, concesión mayor, concesión menor, destinación marítima, modificación de concesión), localidad o sector, región, superficie asociada a la concesión, tipo de bien (nacional de uso público o fiscal), naturaleza del terreno solicitado (terreno de playa, playa de mar, porción de agua de mar, otra), deslindes del área comprometida, punto central del área pretendida donde se emplazará el proyecto (georreferencia en coordenadas UTM y Datum WGS 1984), entre otros.
  • Plano de la solicitud de concesión marítima requerido por la Capitanía de Puerto, elaborado de acuerdo con las normas técnicas y con las instrucciones impartidas por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
  • Croquis de ubicación o archivo con extensión “kmz” o “kml” para visualizar en Google Earth.
  • En el caso de concesiones marítimas menores, mayores y destinaciones, debes adjuntar memoria técnica del proyecto.
  • Otros documentos que acrediten personalidad jurídica o antecedentes legales, representación del solicitante, antecedentes técnicos o administrativos, si corresponde.

Importante: se admitirán hasta dos reingresos de la solicitud cuando debas subsanar errores, actualizar o corregir la documentación presentada.

  • Permiso de escasa importancia: 1,35 UTM.
  • Permiso de ocupación anticipada: 1,35 UTM.
  • Permiso para inicio de obra fiscal: 1,35 UTM.
  • Autorización para la extracción de materiales: 1,35 UTM.
  • Concesión Marítima Mayor: 2,50 UTM.
  • Concesión Marítima Menor: 2,50 UTM.
  • Destinación Marítima: 2,50 UTM.

Las solicitudes relativas a modificación de concesión marítima mayor, concesión marítima menor o destinación marítima, pagarán tarifa, si de trata de una modificación significativa o no significativa. La modificación es significativa cuando exista alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cambios en el área de emplazamiento.
  • Hallazgos y/o antecedentes de nuevos aposentamientos.
  • Tiempo transcurrido mayor a un año
  • Proximidad a áreas de importancia ecológica.

Si necesitas solicitar una modificación de concesión marítima, acude previamente a una oficina del SAG para que el servicio evalúe si tu proyecto implica una modificación significativa o no significativa.

Importante: el trámite en línea se encuentra disponible únicamente para solicitudes cuyo proyecto se pretende emplazar en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama.

Ingresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala

Completa el formulario, adjunta los documentos, sigue las instrucciones, y paga el trámite.

Una vez aprobados los antecedentes, el SAG coordinará una visita de terreno. Finalizado el proceso de evaluación, y si se cumplen todos los requisitos, emitirá el certificado. Recibirás un correo indicando que tu solicitud ha sido resuelta y un enlace para descargar el documento.

También puedes ir a la oficina del SAG más cercana al sector pretendido para solicitar la concesión.

El SAG emitirá un certificado y puede darse uno de los siguientes casos:

  • Caso 1: que el certificado del SAG indique que en el radio de 2 km que rodea al sector pretendido no existen covaderas (guaneras) ni es lugar de aposentamiento de aves guaníferas. En este caso, podrás continuar tu trámite de concesión marítima ante la autoridad competente.
  • Caso 2: que el certificado del SAG indique que en el radio de 2 km que rodea al sector pretendido sí existen covaderas (guaneras), o sí es lugar de aposentamiento de aves guaníferas. En este caso, deberás solicitar la autorización del Ministerio de Agricultura a través de su Secretaría Regional Ministerial, como requisito para tu trámite de concesión marítima ante la autoridad competente.
  • Decreto Nº 9 de 2018 del Ministerio de Defensa Nacional, que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nº 2 de 2005.
  • Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 25, DFL RRA 25 de 1963. Bonificación y comercio de fertilizantes, desinfectantes y pesticidas.
  • Ley Nº 19.880 de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
  • Ley Nº 19.473 y su reglamento.
  • Resolución Exenta Nº 5631 de 2021, que fija tiempos estandarizados para las actividades asociadas al proceso de certificación de cumplimiento de la normativa vigente para concesiones marítimas, en el ámbito del SAG; del Ministerio de Agricultura/Servicio Agrícola Ganadero.

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