Registro de calderas y autoclaves

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Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud el registro de calderas de vapor, calefacción, de fluidos térmicos y autoclaves.

Si bien el registro tiene carácter indefinido, los equipos deben ser sometidos a revisiones y pruebas cada tres años, a cargo de profesionales registrados en la SEREMI de Salud respectiva.

La autorización se puede solicitar durante todo el año en la plataforma web SEREMI en Línea.

Personas naturales y jurídicas.

El trámite abarca cinco tipos de registros:

  • Registro de caldera de vapor de baja presión.
  • Registro de caldera de vapor de gran presión.
  • Registro de caldera de fluido térmico.
  • Registro de caldera de calefacción (con o sin generación de agua caliente sanitaria).
  • Registro de autoclave.
  • Informe técnico emitido por una o un profesional facultado, que dé cuenta del cumplimiento de las exigencias reglamentarias exigidas a las calderas y autoclaves.
  • Certificado de prueba hidráulica al término de la fabricación de las calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua.
  • Copia del manual de operación del equipo en español (impreso o digital).
  • Sistema de tratamiento de agua de alimentación.
  • Catálogo de la caldera o autoclave en español (impreso o digital).
  • Plano general de la planta, instalación y sala de la caldera. Debe indicar la ubicación y dirección de la red de fluido, puntos de consumo (identificando el tipo de equipo), depósito del combustible, estanque de alimentación del agua, purgas y accesorios.
  • Inscripción de la instalación eléctrica y suministros de combustibles líquidos y gaseosos declarados ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
  • Normas de diseño y técnicas de la construcción de la caldera y autoclave.
  • Libro de vida de la caldera y autoclave, foliado y en tamaño oficio.
  • Copia del documento que acredita el registro del equipo, cuando han sido trasladados o transferidos.
  • Copia del documento que informa a la autoridad sanitaria regional el traslado o la baja del equipo.
  • Resolución de Calificación Ambiental (RCA), cuando corresponda.
  • Certificado de rebaja del arancel.
  • ClaveÚnica, si lo realiza en línea.

El registro se otorga por una única vez.

La instalación del equipo y su conjunto deben ser sometidos a revisiones y pruebas reglamentarias cada tres años, las que son realizadas por profesionales facultados, o ingenieras o ingenieros revisores que cuentan con registro en las SEREMI de Salud.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en “Solicitar registro”.
  2. Una vez en el sitio web SEREMI en Línea, seleccione “1 solicitar número de Registro a calderas y autoclaves”, y haga clic en “Ir al trámite”.
  3. Digite su RUN y ClaveÚnica, y pulse “Continuar”. Si no la tiene, solicítela.
  4. Ingrese las identificaciones y los datos de la instalación, y pulse “Enviar solicitud”.
  5. Seleccione la modalidad para pagar el arancel correspondiente.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización.

Importante: esta petición es el primer paso para realizar la solicitud del trámite. Luego de enviada, se le notificará a través de correo electrónico cuando sea acogida por un funcionario o funcionaria.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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