Aprobación de proyectos de construcción de obras hidráulicas

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Descripción

La Dirección General de Aguas (DGA) aprueba o desaprueba los proyectos de obras hidráulicas que corresponden a:

  • Embalses de capacidad superior a 50 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura.
  • Acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo.
  • Acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite.
  • Los sifones y canoas que cumplan con las características señaladas anteriormente en los puntos 2 y 3, que crucen cauces naturales.
Solicita la aprobación de tu proyecto (durante todo el año) en las oficinas regionales o provinciales DGA (de acuerdo donde se ubique la obra
hidráulica del/la solicitante) y sitio web de la DGA. 

Tu solicitud debe contener:

  • Antecedentes formales y técnicos.
  • Contenido técnico del proyecto y los planos.
  • Planta con ubicación georreferenciada de obras.
  • Antecedentes legales.

Revisa la guía para la presentación de los documentos.

El trámite no tiene costo. Sin embargo, tendrás que financiar la difusión en los medios de comunicación y la visita al terreno.

Declarada admisible tu solicitud, tienes un plazo máximo de 25 días hábiles (contados desde la fecha en que se declaró la admisibilidad) para publicarla en los siguientes medios:

  • Diario Oficial: por una sola vez, los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si fue feriado.
  • Aviso radial: difundir los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados.

El aviso radial debe ser difundido una vez (entre las 8:00 y las 20:00 horas) en alguna de las radioemisoras que figuren en la lista de concesiones vigentes (radioemisoras) de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que presten servicio en el sector o los sectores que involucren el punto o los puntos de la respectiva solicitud. Si no existen emisoras que tengan cobertura en la zona de captación, se deberá comunicar en una radioemisora de la capital provincial o provincias respectivas.


En un plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación, los interesados y las interesadas deberán ingresar directamente en la oficina de la DGA o en el sitio web institucional lo siguiente:

  • Copia o impresión de la publicación realizada en el Diario Oficial.
  • El certificado de difusión radial suscrito por el o la Gerente General, Director o representante legal de la radioemisora correspondiente de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión.

Importante: Los terceros titulares de derechos de aprovechamiento constituidos e inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces respectivo que se sientan afectados en sus derechos, podrán oponerse a la solicitud de aprobación de proyecto y autorización de construcción de obras hidráulicas dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la fecha de la última publicación o de la notificación, en su caso.

Importante: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 131 del Código de Aguas, contado desde la emisión del comprobante de ingreso, la Dirección General de Aguas dispondrá de un plazo de veinte días hábiles para revisar el cumplimiento de los requisitos formales de la solicitud de aprobación de proyecto y autorización de construcción de obras hidráulicas, y si se han acompañado los antecedentes en que se sustenta. De cumplirse las señaladas exigencias, se declarará admisible la solicitud.

Si necesitas más información, llama al teléfono del Departamento Información de Recursos Hídricos (DIRH) de la DGA, +56 2 2449 4000, opción 4, o ingresa una consulta a través del Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC).

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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