Descripción
Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud el documento exigido por el Servicio Nacional de Aduanas, en el que consta el lugar donde se depositarán las sustancias o materiales radiactivos importados (radioisótopos, radiofármacos, fuentes radiactivas de uso industrial y médico, y equipos con fuentes radiactivas). Además de la ruta y las condiciones del traslado (tanto del vehículo como del transportista) desde los recintos aduaneros hasta la bodega o almacén de destino.
Una vez que las sustancias radiactivas y los equipos con fuentes radiactivas selladas se ubiquen en las bodegas, la persona interesada deberá solicitar la autorización de uso y disposición.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Personas naturales y jurídicas que importan sustancias radiactivas y los equipos con fuentes radiactivas selladas.
- Agentes de aduanas acreditados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Autorización de importación de sustancias radiactivas o de equipos con fuentes radiactivas selladas, según corresponda.
- Factura comercial emitida en el origen por el proveedor o fabricante del producto.
- Hoja de seguridad en español.
- Autorización para que opere la instalación radiactiva de destino.
- Autorización de desempeño del transportista.
- Licencia de conducir de la persona que transporta las sustancias radiactivas y los equipos con fuentes radiactivas selladas.
- Permiso de circulación del vehículo.
- ClaveÚnica, si realiza el trámite en línea.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “Solicitar certificado”.
- Una vez en el sitio web de la Seremi de Salud, seleccione “1 certificado de destinación aduanera”, y haga clic en “Ir al trámite”.
- Digite su RUN y clave de ClaveÚnica, y pulse “Ingresa”. Si no la tiene, solicítela.
- Seleccione el tipo de CDA (“sustancias químicas peligrosas”), complete el formulario con los antecedentes y las identificaciones (importador, aduana, bodega y transportista), más los archivos adjuntos, y pulse “Finalizar ingreso”.
- Seleccione la modalidad para pagar el arancel correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado.
Importante: revise el manual explicativo del proceso.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.164, del Ministerio de Hacienda.
- Artículos 86º y 90º del Código Sanitario.
- Artículo 1º, numeral 40 del Decreto con Fuerza Ley (DFL) Nº 1, de 1990, que determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa.
- Artículos 20º y 21º del Decreto Supremo (DS) Nº 133, de 1984, que aprueba el reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas u opere tales equipos y otras actividades afines.