Acreditación de sistema o asiento de seguridad para niños

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Descripción

Si eres importador, distribuidor, primer vendedor u otro de asientos de seguridad para niños y niñas, certifica que los sistemas o asientos de seguridad para niños menores de 4 años, que viajen en los asientos traseros de los vehículos livianos, cumplen con las características y especificaciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el Decreto Supremo N° 176, de 2006 y en la Resolución Exenta N° 3.331 de 2014. 

Solicita la acreditación durante todo el año en el sitio web de la Subsecretaría de Transportes, en la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) y por correo electrónico.
  • Si realizas la solicitud en línea, debes tener ClaveÚnica, completar la información requerida y adjuntar los antecedentes solicitados por el sistema.
  • Si la realizas de forma presencial o por correo electrónico, debes presentar la solicitud conforme al anexo A, junto a los antecedentes técnicos descriptivos señalados en el anexo B de la Resolución Exenta N° 3.331 de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) revisa los sistemas o asientos de seguridad para niños y niñas de hasta 8 años inclusive, o que tengan una estatura menor o igual a 135 centímetros y peso menor o igual a 33 kilogramos, mediante la acreditación de los requisitos de seguridad, diseño e información al usuario de estos sistemas, a través de la verificación física de las características de una muestra de sistema o asiento de seguridad, junto con la revisión de la concordancia de los antecedentes y especificaciones técnicas de estas establecidas en la normativa aplicable.
  • Por cada modelo de sistema o asiento de seguridad para niños aprobado, el 3CV otorgará un certificado en el que se consignan las principales especificaciones del sistema, el código de acreditación, marca, modelo, fabricante y solicitante.
  • Quienes obtengan la certificación de una determinada marca y modelo de sistema o asiento de seguridad para niños, deberán incorporar o adherir de forma permanente en cada una de las unidades que comercialicen una etiqueta de PVC autoadhesiva con indicación del respectivo código de acreditación otorgado por el 3CV, y cuyas especificaciones se detallan en el Decreto Supremo N° 176, de 2006 y la Resolución Exenta N° 3.331, de 2014.

Ingresa al sitio web de la Subsecretaría de Transportes, usando tu ClaveÚnica, para solicitar la acreditación de un sistema o asiento de seguridad para niños.

También puedes acudir a la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicada en Vicente Reyes Nº 198, Maipú, Región Metropolitana o enviar los documentos en PDF al correo electrónico pcifuentes@mtt.gob.cl.

Importante:

  • Para conocer el costo de este trámite, revisa la tabla de valores vigentes.
  • El 3CV evaluará la solicitud y antecedentes recepcionados y en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de recepción de estos, te informará, en caso de ser favorable, la aceptación y costo del servicio, la fecha en la cual deberás presentar el sistema o asiento de seguridad para niños en las instalaciones del 3CV, para proceder a la verificación física de sus características y especificaciones técnicas.
  • Deberás realizar presencialmente la entrega/retiro en el 3CV de la silla de niños para la ejecución de las verificaciones respectivas.
  • En un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la silla, el 3CV emitirá un pronunciamiento respecto del cumplimiento de los requisitos señalados en el Decreto Supremo Nº 176, de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • En el evento que el sistema o asiento de seguridad para niños cumpla con todas las características y especificaciones técnicas, se otorgará el correspondiente certificado, en el cual se consignará el código de acreditación, la marca, modelo, fabricante y solicitante de la acreditación.
  • La acreditación se mantendrá vigente mientras las características y especificaciones técnicas del asiento de seguridad para niños no cambien respecto de los antecedentes proporcionados en el proceso.
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y Transportes y Telecomunicaciones, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.  
  • Decreto Nº 176, de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que dispone requisitos que deben cumplir sillas para niños menores de cuatro años de edad que viajen en los asientos traseros de los vehículos livianos.
  • Resolución Exenta Nº 3.331, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece pautas generales de acreditación de los requisitos de seguridad, diseño e información al usuario de los sistemas o asientos de seguridad para niños y establece especificación de etiqueta que indica.

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