Subsidio a la contratación de trabajadores jóvenes (empleador)

Última actualización:

Descripción

Si eres una empleadora o empleador, solicita un subsidio al Instituto de Previsión Social (IPS) para tus trabajadoras y trabajadores contratados, que cumplan con los requisitos establecidos, con el objetivo de fomentar la contratación de jóvenes mediante la formalización de su trabajo, y el incremento de su cobertura y fondos previsionales.

Importante:

  • El Instituto de Previsión Social (IPS) determina el monto que te pagará.
  • Si eres empleador o empleadora, no puedes postular como una persona natural trabajadora.
Solicita el beneficio durante todo el año a través del sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende.

Podrás acceder al beneficio si no cuentas con deudas previsionales y cumples los siguientes requisitos:

  • Tener contratadas a trabajadoras y trabajadores que:
  • Tener pagadas las cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo trabajo dentro del plazo que la ley establece.

Importante: el monto del subsidio equivale al 50 % de una cotización previsional calculada sobre la base de un ingreso mínimo mensual (valor máximo del beneficio).

Se mantendrá hasta el mes que la persona trabajadora cumpla 36 años o hasta completar las primeras 24 cotizaciones.

¿Cuáles son las causales de suspensión?
  • Si la remuneración del o la trabajadora aumenta por sobre 1,5 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) hasta el pago N° 12 del subsidio recibido. A partir del monto N° 13, el sueldo puede aumentar por sobre los 1,5 IMM.
  • Si la remuneración aumenta por sobre dos ingresos mínimos en cualquier tiempo.
  • Si se registra deuda previsional por parte del empleador.
  • Si una o más cotizaciones de seguridad social no están pagadas o fueron pagadas fuera del plazo legal.

En línea:

  • Certificado de constitución de sociedad o escritura pública de la empresa.
  • Acta o certificado de vigencia de representante legal.
  • Poder notarial o mandato simple si el trámite es realizado por un representante legal del empleador.

Presencial:

  • Escritura en la que la empresa designa al representante legal.
  • Número de cédula de identidad de los trabajadores a postular, solo si son cinco o menos.
  • Poder notarial o mandato simple si el trámite es realizado por un representante legal del empleador.

Para pedir el beneficio:

Importante:

  • El plazo de respuesta es de 40 días máximo.
  • Para más información, llama al call center 101 o al +56 44 236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención.

Para conocer el avance de tu trámite, ingresa a nuestro sitio web ChileAtiende con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Importante: para más información, llama al call center 101 o al +56 44 236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención.

 

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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