Descripción
Si eres una o un trabajador, solicita la pensión de vejez anticipada por trabajos pesados, el cual consiste en un beneficio monetario mensual, permanente y de por vida, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos.
Importante:
- Los trabajos pesados aprobados oficialmente por el Instituto de Previsión Social (ISP) o la Comisión Ergonómica Nacional te permiten rebajar entre uno y 10 años la edad para obtener la pensión.
- La ley estipula que la rebaja de edad se calcula considerando factores físicos, mentales, ambientales y organizacionales.
Conoce los tipos de trabajos pesados
Conocer másTu trabajo se considera pesado si:
- Produce desgaste orgánico excepcional, por requerir un esfuerzo físico excesivo.
- Realiza las actividades laborales a temperaturas excesivamente altas o bajas.
- Se desarrolla habitual e íntegramente de noche.
- Se realiza en forma subterránea o submarina.
- Se desarrolla en alturas superiores a los 4.000 metros sobre el nivel del mar.
- Sus actividades laborales aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico (provocando un envejecimiento precoz, aunque no generen una enfermedad profesional).
Como trabajadora o trabajador afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) debes cotizar adicionalmente si tu actividad laboral es pesada:
- Un 1 % adicional, si contempla una rebaja de 1 x 5.
- Un 2 % adicional, si contempla una rebaja de 2 x 5.
El mismo porcentaje que cotizas, debe ser aportado por tu empleador.
Infórmate sobre los años rebajados
Conocer másTendrás una rebaja de edad de un año por cada cinco trabajados en la labor calificada, con un tope de cinco años. Si la labor calificada fue realizada en minería o en fundición, tendrás una rebaja de dos años por cada cinco, con un tope de 10 años.
Importante: si eres imponente de los regímenes administrados por el IPS, y las labores que realizaste son reconocidas por esta institución o la Comisión Ergonómica Nacional, igualmente tendrás derecho a la rebaja de edad, sin importar si cotizaste adicionalmente como normalmente se exige.
Revisa los requisitos
Conocer másPodrás solicitar la pensión anticipada si eres una trabajadora menor de 60 años o un trabajador menor de 65 años y cumples con los siguientes requisitos:
- Ser imponente de cualquier régimen administrado por el IPS, registrando 1.200 semanas de imposiciones como mínimo (equivalente a 23 años). Puedes completarlos con las cotizaciones que registres en cualquiera de los regímenes administrados por el IPS, que no sean paralelas.
- Haber realizado una labor que se encuentre calificada como trabajo pesado por al menos cinco años, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional. Si tu labor no está reconocida como trabajo pesado, debes tener un certificado de tu empleador que señale:
- Su denominación.
- Unidad en la que te desarrollaste.
- Nombre del empleador.
- Funciones durante la jornada de trabajo.
- Fecha de inicio y termino.
Solicita la pensión anticipada
Conocer másIngresa a nuestro sitio web de ChileAtiende y revisa con tu RUN si eres una persona beneficiaria. Si cumples con los requisitos, deberás acceder con tu ClaveÚnica para iniciar la solicitud. Si no tienes la clave, solicítala.
También, podrás gestionar la pensión anticipada en una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad.
Importante:
- Si el trámite lo hace una o un apoderado por ti, debe presentar un poder notarial con tu permiso.
- Si necesitas orientación personalizada, llama al 101 o al +56 2 2965 40 00 (si estás en el extranjero).
Consulta el estado del trámite
Conocer másSi ya solicitaste tu pensión, conoce el estado de tu solicitud con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto N° 163, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 19.404, de 1995, que introduce modificaciones al Decreto N° 3.500 y dicta normas relativas a pensiones de vejez, considerando el desempeño de trabajos pesados.