Préstamo habitacional de Dipreca

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Descripción

Permite solicitar un préstamo habitacional a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) para financiar la adquisición, construcción, término de obra, reparación, ahorro previo o ampliación de la vivienda del personal activo (con más de cinco o diez años efectivos en la institución, dependiendo del monto que solicite), pensionado de retiro o montepío.

Este beneficio actualmente se encuentra suspendido. Solo está disponible en ciertos periodos y dependerá de la disponibiliad presupuestaria del servicio. 
  • Personal activo de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (PDI), Gendarmería de Chile (GENCHI) y Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Pensionados de retiro y montepío de Dipreca.

Importante, si el préstamo habitacional es para:

  • La adquisición de una vivienda: los imponentes activos deben registrar 10 años de imposiciones en Dipreca.
  • Ahorro previo, reparación o ampliación de vivienda: los imponentes activos deben registrar cincos años de imposiciones en Dipreca.

Aspectos importantes a considerar:

  • Los imponentes que anteriormente pidieron un préstamo de adquisición de vivienda no podrán acceder a uno nuevo, aunque el primero se encuentre pagado.
  • Las personas que recibieron un préstamo de reparaciones o ampliación de vivienda podrán solicitar otro igual después de cinco años desde que se otorgó el primero, siempre y cuando se encuentre pagado.
  • Los imponentes que tengan más de una calidad de beneficiario (por ejemplo, retiro y montepío) tendrán que optar a cual pensión se le descontará al momento de pedir un préstamo.
  • No se darán préstamos de ninguna especie a aquellos funcionarios, pensionados de retiro y montepío que se encuentren sobregirados.
  • Los dineros de ahorro previo que en un plazo de 12 meses no fueron utilizados para una operación habitacional, deben ser devueltos a Dipreca (incluyendo los intereses y reajustes).
  • Las cuotas del préstamo no deben exceder la edad del imponente (máximo 75 años).
  • A los préstamos habitacionales se les aplica un interés del 4% anual y se reajustan anualmente, según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Documentación general:

  • Carta de solicitud del beneficio firmada por el titular, con el propósito de solicitar el préstamo habitacional. Indique su nombre completo, RUT, tipo de préstamo y monto solicitado.
  • Formulario solicitud única de préstamos firmado por el solicitante.
  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
  • Última boleta de pago de pensión o remuneración autorizada por la respectiva jefatura. Todo imponente deberá adjuntar pagaré notarial, firmado y con la huella de dos avales o codeudores solidarios con más de 20 años efectivos en la institución autorizados por la jefatura de la unidad respectiva, y/o pensionados de retiro o montepío.
  • Fotocopia por ambos lados de la cedula de identidad vigente de los avales.

Adquisición de vivienda:

  • Contrato de promesa compraventa firmada ante notario.
  • Cuando el monto del préstamo requiera la constitución de garantías hipotecarias, debe adjuntar escritura de compraventa del propietario, inscripción de dominio con certificado vigente, certificado de hipotecas y gravámenes y prohibiciones de 30 años.

Ahorro previo:

  • Fotocopia de la libreta o certificado de la cuenta de ahorro para la vivienda, con un mínimo de tres meses de depósitos continuos.
  • Declaración jurada notarial, en la cual el imponente se compromete y obliga a hacer uso del préstamo dentro del plazo de 12 meses contados desde su giro, o en caso contrario a realizar la devolución de dicho préstamo, con los intereses y reajustes generados.

Reparación o ampliación de vivienda:

  • Presupuesto detallado de la reparación a realizar, con los valores unitarios y totales de los materiales, más la mano de obra con el nombre firma y número de la cédula de identidad o Rol Único Tributario (RUT) del maestro contratista.
  • Certificado de dominio vigente actualizado, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, el cual tiene una validez de 60 días.
  • Permiso municipal autorizando la ampliación a realizar, si se trata de un préstamo de ampliación de vivienda.

Importante: si realiza el trámite por carta postal debe enviar toda la documentación general, además de los antecedentes propios de cada tipo de préstamo. Si falta información o presenta errores, los documentos serán devueltos en su totalidad.

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