Autorización para extracción de restos y especies náufragas

Última actualización:

Descripción

Solicita autorización para remover restos o especies náufragas que se encuentren hundidos o varados en ríos y lagos navegables o aguas sometidas a la jurisdicción marítima nacional. 

La autorización se otorga por un plazo máximo de un año, debiendo presentar periódicamente un informe de avance conforme al programa de trabajo. El incumplimiento de esta obligación es causal suficiente de caducidad del permiso.
Pide autorización durante todo el año en la capitanía de puerto.

Dirígete a la capitanía de puerto donde se extraerá el resto náufrago y entrega los documentos requeridos.

Obtendrás una respuesta en aproximandamente 45 días. 

Importante:

  • La autorización se otorga por un plazo máximo de un año.
  • Deberás presentar un sobre cerrado con una oferta de regalía global en favor del Fisco. El pago debe realizarse en la Tesorería provincial o regional correspondiente.

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