Descripción
Permite inscribir en el Registro Nacional de Discapacidad a un curador judicial de los bienes de una persona con discapacidad psiquiátrica, o de origen intelectual.
El curador judicial es designado por la justicia para administrar el patrimonio de una persona con discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual, siempre que la persona no esté sometida a patria potestad. También es posible solicitar la inscripción de una persona como curador provisorio.
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downPersona nombrada como curador judicial de alguien con discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual que esté inscrita en el Registro Nacional de Discapacidad.
También es posible solicitar la inscripción de una persona como curador provisorio.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_downCurador judicial:
- Resolución judicial de nombramiento de curador o copia autorizada de la misma.
Curador provisorio:
- Certificados médicos emitidos por el centro de salud o por el médico tratante de la persona cuya curaduría se está requiriendo, en el que se informe o se aporten antecedentes que permitan establecer que el solicitante está a cargo de la persona en situación de discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual.
- Declaraciones juradas, otorgadas ante un notario público, en la que el solicitante declare que está a cargo de la persona, cuya curaduría se está solicitando.
- Declaraciones juradas de terceros, (ejemplo familiares) otorgadas ante un notario público, en la que estos declaren, que el solicitante de la curaduría, está a cargo de la persona, cuya curaduría se está solicitando.
- Certificado de residencia de la persona que está solicitando la curaduría provisoria.
- Cualquier otro documento o antecedente que permita determinar que se tiene a su cargo a la persona cuya curaduría se está solicitando.
- Declaración jurada simple de los solicitantes en los siguientes términos: "Para los efectos del N° 3 del artículo 18 bis de la Ley N° 18.600, declaro bajo juramento no encontrarme afecto a ninguna de las incapacidades para ejercer una curaduría, señaladas en el párrafo 1° del Título XXX del Código Civil."
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downNo tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
keyboard_arrow_downLa inscripción estará vigente de acuerdo con lo indicado en la resolución judicial de nombramiento de curador.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) más cercana.
- Explique el motivo de su visita: inscribir a un curador judicial o solicitar la inscripción de un curador provisorio en el Registro Nacional de la Discapacidad.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción como curador judicial o provisorio, según corresponda.
Marco Legal
keyboard_arrow_down- Ley N° 18.600, que establece normas sobre deficientes mentales.
- Dictamen N° 27.016, de 2012, de la Contraloría General de la República, de acuerdo al cual corresponde al SRCeI certificar si los requisitos que exige el artículo 18 bis de la Ley N°18.600 que "establece normas sobre deficientes mentales".