Pago de cuotas de deudas ex CORA

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Descripción

Permite a los deudores o deudoras de ex Corporación de Reforma Agraria (CORA) pagar a la Tesorería General de la República las cuotas pendientes anuales que se originaron durante la Reforma Agraria.

El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas y bancos nacionales.
El vencimiento de estas cuotas es el 30 de junio de cada año.
El pago fuera de plazo da origen al cobro de la cuota con recargos (multas e intereses). Incluso se puede iniciar un proceso de cobranza administrativa y/o judicial sobre el último asignatario propietario registrado en Tesorería.

Los asignatarios o asignatarias y propietarios o propietarias de predios agrícolas con deuda ex CORA.

 

 

La deuda ex Cora es:

  • Distinta del pago de contribuciones por predio agrícola.
  • Es un crédito y no un impuesto.

 

 

 

  • Si se mantiene el propietario o propietaria original no se exigen documentos.
  • En caso de compra-venta del predio, se solicitará los siguientes antecedentes para actualizar la información y registrar correctamente los pagos:
    • Escritura de compra-venta inscrita en el Conservador de Bienes Raíces (original y copia simple) o copia notarial.
    • Certificado de dominio vigente con un máximo de 30 días (original).
  • Si el cambio de propietario o propietaria es producto de una herencia:
    • Posesión efectiva (original y copia simple) o copia notarial más la partición.
  • Si el predio fue loteado o dividido:
    • Certificado de avalúo total de la propiedad (original).
    • Certificado de avalúo proporcional, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, con un semestre de vigencia (original).
    • Contar con cupón de pago (aviso de recibo) que indique el nombre del propietario y las referencias del predio tales como comuna, nombre del proyecto, sitio y parcela.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina de Tesorería o a cualquier banco nacional.
  3. Explique el motivo de su visita: pagar las cuotas de deuda ex CORA.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, podrá pagar la cuota de deuda ex CORA.

 

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