Descripción
Si eres una persona natural o jurídica, solicita el pago de un galardón (recompensa) cuando una persona fallecida no dejó heredera o herederos, o cuando hay bienes que debieran pertenecer al Estado (Fisco).
Para acceder al pago, el cual corresponde al 30 % del valor líquido de los bienes, primero deberás presentar una denuncia ante el Ministerio de Bienes Nacionales.
Obtén más información.
Revisa los antecedentes y documentos
Conocer másPara realizar el trámite necesitarás:
- Certificado de depósito o garantía, emitido por la respectiva Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Bienes Nacionales, a no ser que sea declarado exento de acreditación del pago de la garantía.
- Copia de la resolución exenta emitida por el Ministerio de Bienes Nacionales.
- Cédula de identidad vigente.
Si el trámite lo realiza un tercero autorizado:
- Tu cédula de identidad (fotocopia) y la de tu representante (física).
- Poder notarial o simple que especifique tu autorización para hacer el trámite, con una vigencia de máximo cinco días.
Si eres una persona jurídica y el trámite lo realiza tu representante legal:
- E-RUT de la persona jurídica.
- Cédula de identidad vigente del representante legal (si se encuentra actualizado en la base de datos de TGR) o de los socios (según corresponda) junto a la fotocopia simple del documento.
- Copia autorizada de constitución de sociedad, cuya antigüedad no supere el año (incluyendo sus modificaciones).
- Certificado de vigencia de la sociedad en el registro de comercio.
- Certificado de vigencia del poder en el registro de comercio.
Si eres una persona jurídica y el trámite lo realiza una persona distinta a tu representante legal:
- E-RUT de la persona jurídica.
- Cédula de identidad vigente del mandatario (original y fotocopia).
- Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal.
- Poder notarial, donde se indique que el mandatario se encuentra autorizado por el representante legal (registrado en la base de datos de la TGR) para realizar el trámite.
- Copia autorizada de constitución de sociedad, cuya antigüedad no supere el año (incluyendo sus modificaciones).
- Certificado de vigencia de la sociedad en el registro de comercio.
- Certificado de vigencia del poder en el registro de comercio.
Solicita el pago
Conocer másPara realizar el trámite:
- Ingresa al sitio web de la TGR con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica.
- Dirígete a la oficina de la TGR más cercana.
Importante: el pago lo puedes hacer una vez que el Ministerio o Seremi de Bienes Nacionales (según corresponda) haya enviado a la TGR la resolución exenta con la orden.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas:
- Ingresa al centro de ayuda TGR.
- Llama a la mesa de ayuda TGR al 600 4000 444 (revisa el horario de atención).
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto Ley (DL) N° 1.939, de 1977, sobre la adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.
- Resolución Exenta N° 1.831, de 2009, del Ministerio de Bienes Nacionales.