Descripción
Si eres una persona natural o jurídica, paga la patente anual en la Tesorería General de la República (TGR) si utilizas tu derecho de aprovechamiento de aguas o no has construido las obras señaladas en la ley.
También, deberás pagar la patente si autorizas el uso del agua sin consumirla y exiges que se devuelva, siempre y cuando no cuentes con las obras necesarias para hacerlo.
Obtén más información.
Paga la patente
Conocer másPara realizar el trámite:
- Ingresa al sitio web de la TGR con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica.
- Dirígete a la oficina de la TGR más cercana.
Importante:
- El monto está establecido en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
- Desde marzo de 2011, los cobros se verán reflejados en el Formulario N° 108 en la opción de pago "Impuestos Fiscales".
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas:
- Ingresa al centro de ayuda TGR.
- Llama a la mesa de ayuda TGR al 600 4000 444 (revisa el horario de atención).
Lee el marco legal
Conocer másLey N° 20.017, de 2005, que modifica el Código de Aguas.