Bonificación de la cotización obligatoria de salud (7%)

Acceder a salud pública
Revisa más sobre
Acceder a salud pública
Última actualización:

Descripción

Es un beneficio no postulable que consiste en la eliminación de la obligación de pagar la cotización del 7% de salud, tanto en Fonasa como en Isapre, cuyo monto es bonificado por el Estado (a través del Instituto de Previsión Social, IPS) para que la persona beneficiaria pueda acceder a las prestaciones de salud.

El beneficio se verá reflejado automáticamente en la liquidación de su pensión. En caso contrario, contacte a ChileAtiende a través de alguna de sus alternativas.
Puede consultar si es una persona beneficiaria a través de Sucursal Virtual (con videoatención) y por el portal ChileAtiende.

Todas las personas que cumplan los requisitos y sean beneficiarias de:

Personas pensionadas que, sin ser beneficiarias de las mencionadas anteriormente, cumplan estos requisitos:

  • Tener más de 65 años.
  • Pertenecer a una AFP, compañía de seguro, ex caja de previsión social; o bien, sea pensionado de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tenga una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al cuarto quintil más vulnerable de la población (Puntaje de Focalización Previsional, PFP, igual o menor a 1.876 puntos), que lo calcula el IPS.
  • Acreditar haber vivido en Chile al menos 20 años (seguidos o discontinuos), incluyendo cuatro de los últimos cinco años.

La declaración jurada, necesaria para acceder a la rebaja de la cotización de salud según la Ley Nº 20.531, contempla:

  • La residencia en el territorio de la República de Chile por un lapso no inferior a 20 años, continuos o discontinuos, contados desde que se cumplió 20 años de edad.
  • La residencia en el territorio de la República de Chile, al menos cuatro años de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la declaración.

Importante:

  • La declaración jurada es solamente para los casos en donde no se puede acreditar residencia.
  • Este beneficio no aplica para las pensiones de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

No es necesario ningún documento. Sin embargo, si requiere consultar por el no otorgamiento del beneficio, tendrá que presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
  • ClaveÚnica, si lo hace de forma online.

Mientras se cumpla la focalización (PFP).

- Instrucciones Trámite en línea

Para consultar de forma online:

  1. Haga clic en el botón "¿me corresponde?".
  2. Elija la opción "¿soy beneficiario?".
  3. Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y pulse "continuar". Si no la tiene, solicítela.
  4. Verifique los datos del formulario y complete los que falten.
  5. Si cumple las condiciones, haga clic en ambas declaraciones juradas.
  6. Complete los datos de contacto y pulse "continuar".
  7. Revise los datos que se muestran y haga clic en "confirmar".
  8. Finalmente, podrá descargar y enviar a su correo electrónico el comprobante de la declaración jurada.

Importante:

  • Su solicitud será resuelta en un plazo máximo de 40 días. Le recomendamos revisar el estado de su solicitud en este mismo sitio web o llamar al call center del IPS al número 600 440 0040.
  • El aplicativo no le dejará avanzar en el formulario y le avisará si ya tiene sus datos al día o si no cumple con los requisitos.

_____________________

Para consultar a través de Sucursal Virtual:

  1. Haga clic en el botón "¿me corresponde?".
  2. Elija la opción "solicitar video atención".
  3. Complete sus datos en el formulario y pulse "entiendo, iniciar prueba de equipo".
  4. Acepte utilizar la cámara y el micrófono en la notificación emergente y, posteriormente, presione "prueba".
  5. El sistema chequeará si el navegador, el audio y micrófono, la cámara y el ancho de banda funcionan de forma correcta. Si es así, haga clic en "iniciar video atención".
  6. Espere hasta que un ejecutivo o una ejecutiva tome contacto.
  7. Explique su situación.
  8. Como resultado, habrá consultado si le corresponde la bonificación.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
41345

Los usuarios también visitaron

Suspensión y extinción de pensiones y aportes básicos solidarios (vejez e invalidez)

Además de otorgar la Pensión Garantizada Universal (PGU) y los beneficios de vejez e invalidez, el I...

Subsidio de arriendo de vivienda

Trámite en línea

Este es un aporte temporal que entrega el Estado a familias que pueden realizar un pago mensual por...

Bono de Invierno

Es un beneficio no postulable de 74.767 pesos que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 o...