Descripción
Infórmate si eres beneficiaria o beneficiario de la bonificación automática que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) para cubrir la cotización del 7 % de salud, tanto en Fonasa como en Isapre.
Importante:
- En tu liquidación de pensión encontrarás el detalle del pago que realizas por salud y su bonificación automática.
- En el caso de que tu plan de Isapre sea mayor a un 7 %, deberás pagar dicha diferencia.
Conoce los requisitos para acceder
Conocer másPodrás acceder a esta bonificación si eres una persona beneficiaria de:
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
- Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
- Pensión Garantizada Universal (PGU), Beneficio por Años Cotizados (BAC), Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida para las mujeres (CEV): en este caso, debes pertenecer al 80 % más vulnerable y tener un Puntaje de Focalización Previsional (PFP) menor o igual a 1.876, el cual es calculado por el IPS.
Si no eres una persona que recibe los beneficios mencionados, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Pertenecer a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañía de seguro, ex caja de previsión social; o bien, ser pensionada o pensionado de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos. Revisa en Mi ChileAtiende a cuál AFP estás afiliada o afiliado.
- Pertenecer al 80 % más vulnerable y tener un Puntaje de Focalización Previsional (PFP) menor o igual a 1.876, el cual es calculado por el IPS.
- Haber vivido en Chile al menos 20 años seguidos o discontinuos, incluyendo cuatro de los últimos cinco años.
Consulta si eres beneficiaria o beneficiario
Conocer másPara saber si tienes derecho a bonificación del 7 % de salud, elige alguna de las siguientes opciones:
- Ingresa a nuestro sitio web ChileAtiende con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- Solicita una videoatención en ChileAtiende.
- Dirígete a una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad. Si el trámite lo realiza tu apoderada o apoderado, debe presentar un poder notarial con tu permiso y su cédula de identidad.
Importante: podrás realizar el seguimiento a tu solicitud a través de la misma plataforma.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley Nº 16.744, de 1968, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Ley Nº 19.234, de 1993, establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en el lapso que indica y autoriza al INP para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala.
- Ley Nº 20.531, de 2011, que exime, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud a los pensionados que indica.
- Ley Nº 20.864, de 2015, que exime de la obligación de efectuar cotizaciones de salud a pensionados mayores de 65 años, facilita la tramitación de prestaciones de vejez y otorga otros beneficios.
- Ley Nº 21.419, de 2022, que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU) y modifica los cuerpos legales que indica.
- Decreto N° 38, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley Nº 21.735, de 2025, crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica.