Descripción
Permite a compañías de seguro de vida inscribir o eliminar a sus agentes de ventas de rentas vitalicias en el registro a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
La inscripción no se hace efectiva hasta que la compañía pague el arancel correspondiente. Por otro lado, solicitar la eliminación del registro no tiene costo.
Revise más información y conozca más sobre agentes de ventas de rentas vitalicias.
¿A quién va dirigido?
Conocer másCompañías de seguros de vida que contraten seguros de rentas vitalicias del DFL N° 3.500, por medio de agentes de ventas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario N° 1 sobre el cobro de derechos, registro, aprobaciones, autorizaciones y anotaciones que establece la Ley Orgánica de la CMF.
- Antecedentes mencionados en la NCG N° 91 y sus respectivas modificaciones.
Importante: las entidades supervisadas por la CMF deben solicitar un usuario administrador para operar en el sistema SEIL, cuyo rol será crear, bloquear y cambiar el perfil de los usuarios que operen en la plataforma.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la institución, ingrese su código de usuario y clave secreta, y haga clic en “ingresar”. Si no está registrado, revise el manual del sistema de administración de usuarios SEIL.
- Siga las instrucciones del sistema SEIL.
- Si no existen observaciones por parte de la CMF o estas se encuentran subsanadas, pague el arancel correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá realizado la inscripción o la eliminación del registro de agentes de rentas vitalicias de la CMF.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másImportante. Antes de ingresar a la plataforma SEIL, para efectuar la inscripción es necesario realizar la transferencia a la siguiente cuenta:
- Titular: Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
- RUT: 60.810.000-8.
- N° de cuenta corriente BancoEstado: 133591.
Marco Legal
Conocer más- Norma de Carácter General (NCG) N° 91 y sus respectivas modificaciones.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 3.500.