Reclamar el derecho al Subsidio por Incapacidad Laboral asociado a una enfermedad de origen común

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Descripción

Si eres una persona trabajadora dependiente o independiente afilada al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o a una Institución de Salud Previsional (Isapre), reclama ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) el derecho del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), asociado a una licencia médica de origen común autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la unidad de licencias médicas o una Isapre. 

Obtén más información.

Ingresa un reclamo durante todo el año en el sitio web de la SUSESO
  • Cédula de identidad vigente.
  • Carta firmada que contenga:
    • Descripción detallada de tu solicitud.
    • Nombre completo y RUN.
    • Domicilio.
    • Datos de contacto: teléfono y correo electrónico.
    • Institución de salud a la que estás afiliado: Fonasa o Isapre.
    • Entidad reclamada: COMPIN o Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) dependiendo de quien pague el Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL).
  • Resolución que notifica no tener derecho al subsidio.
  • Fotocopia íntegra, legible y extendida (por ambos lados) de la licencia médica reclamada, en la que conste el diagnóstico. Si se trata de una licencia médica electrónica no es necesario acompañarla.

Adicionalmente, los trabajadores dependientes tendrán que presentar:

  • Fotocopia del contrato de trabajo.
  • Certificado de las cotizaciones previsionales de la AFP de los últimos 12 meses.
  • Certificado de las cotizaciones de salud (si está afiliado a una Isapre) de los 6 meses anteriores a la licencia médica.

Los trabajadores independientes deberán:

  • Acreditar que realizan una actividad como independientes.
  • Entregar el certificado de las cotizaciones de salud (si estás afiliado a una Isapre) de los 6 meses anteriores a la licencia médica.
  • Presentar el certificado de las cotizaciones previsionales de la AFP de los últimos 12 meses.

Las trabajadoras del sector privado que se encuentren cesantes y embarazadas tendrán que entregar:

  • Cartola o certificado de las cotizaciones de salud, correspondientes a los 24 meses anteriores al embarazo.
  • Certificado de cotizaciones de la AFP de los últimos 24 meses anteriores al embarazo.
  • Último contrato a plazo fijo o por faena, del sector privado, anterior al embarazo.

Importante:

  • Si el trámite lo realiza otra persona en tu representación: poder simple, su cédula de identidad vigente y los documentos mencionados anteriormente.

Ingresa al sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala

Haz clic en “Hacer un reclamo”, luego selecciona la materia “Subsidio por Incapacidad Laboral (ISL)”, submateria “Derecho a subsidio” y motivo “Mujer cesante sector privado: requisitos”, “Trabajador dependiente: requisitos”, o “Trabajador independiente: requisitos”.

Describe en términos generales tu requerimiento donde dice “Relato”, y opcionalmente, haz clic en “Incluye documentos generales”, y luego en “Comenzar reclamo”.

Completa y verifica tus datos personales, ingresa toda la información relativa a la tu solicitud (caracterización), adjunta los documentos requeridos, y completa los datos del empleador. 

Sigue los pasos indicados, revisa el resumen de tu apelación, acepta las condiciones de ingreso y si deseas recibir la notificación por correo electrónico, y presiona en “Siguiente”. El sistema te indicará el folio o número de ingreso, el que debes guardar para hacer seguimiento a tu caso. Recibirás un correo electrónico con el resumen del formulario.

También puedes ir a una sucursal ChileAtiende o a una oficina de la SUSESO para ingresar tu reclamo.

Importante:

  • Si tienes alguna duda sobre cómo apelar y hacer seguimiento a tu caso, visita la sección “El ciclo de vida del reclamo” en el sitio web de la SUSESO.
  • En un plazo aproximado de 30 días puedes consultar el estado del trámite. Finalizado el análisis, la SUSESO enviará el dictamen al correo electrónico o domicilio informado al momento de realizar el trámite.
  • Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de 6 meses.
  • Si el dictamen es favorable, la SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio, con el cual debes ponerte en contacto. En caso contrario, tendrás 5 días contados desde la notificación del dictamen (Ley Nº 19.880) para ingresar un recurso de reposición aportando nuevos antecedentes.
  • El Subsidio por Incapacidad Laboral tiene como propósito reemplazar las rentas de las personas trabajadoras para que exista continuidad de ingresos.
  • Las licencias médicas de origen común son aquellas que no se originan por accidentes del trabajo, trayecto hacia el lugar de trabajo o enfermedad profesional.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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