Descripción
Solicita la autorización para que tu vehículo motorizado, que tiene prohibición para circular debido a la restricción vehicular permanente y/o por episodios críticos de contaminación (preemergencia y emergencia), pueda circular entre mayo y agosto de 2026 durante la vigencia de estas medidas.
Si obtienes la autorización de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (Seremitt) de la Región Metropolitana, debes mantenerla siempre en tu vehículo.
Importante: consulta si tu auto está sujeto a restricción vehicular (días y horarios).
Revisa los requisitos y vehículos considerados
Conocer másSolicita la autorización para circular durante la restricción vehicular en la Región Metropolitana si cumples las siguientes condiciones:
- Eres una persona en situación de discapacidad o persona jurídica sin fines de lucro e importaste tu vehículo según el artículo 48 de la Ley N° 20.422.
- Debido a una enfermedad, debes utilizarlo frecuentemente para asistir a controles o tratamientos.
- Es el único medio de transporte para una persona con discapacidad.
- Lo utilizas para el transporte de una persona que tiene un Trastorno del Espectro Autista (TEA).
Empresas o instituciones vinculadas a la protección de la salud:
Vehículos de centros de rehabilitación, hospitales, clínicas u otros centros de salud que transportan personas enfermas o con discapacidad.
Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud que prestan servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
La Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN):
Vehículos al servicio de la Comisión Chilena de Energía Nuclear que abastecen de material radiactivo a hospitales y clínicas.
Titulares de canales de televisión:
Vehículos de canales de televisión que se encuentren equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
Lee el marco legal
Conocer másResolución Exenta N° 1698, de 2026, que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en las condiciones que indica.