Declaración de un bien familiar

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Descripción

Solicita orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para tramitar la declaración de un bien familiar y así proteger el inmueble que sirve de residencia principal de la familia. De esta forma, el propietario no podrá disponer de él libremente mientras continúe siendo el hogar familiar.

 Para esto, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe existir un vínculo matrimonial o de convivencia civil con el propietario del bien.
  • Uno o ambos deben ser propietarios del bien.
  • Si es un inmueble, este debe ser la residencia principal de la familiar.
  • Si son bienes muebles, deben estar resguardados o dentro de la residencia principal de la familia.

Se declara un bien familiar para limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes del cónyuge propietario, haciendo obligatoria tu autorización para ejecutar algunas acciones sobre estos.

También posibilita que, frente a un embargo por cobro de una deuda del propietario del bien, se proceda primero a embargar y ejecutar otros bienes del deudor, dejando para el último los bienes declarados como familiares.

Solicita orientación y asesoría durante todo el año en las oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial.
La declaración de un bien familiar se puede hacer bajo cualquier régimen patrimonial (sociedad conyugal, separación de bienes, o régimen de participación en los gananciales).

La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega orientación e información jurídica gratuita a las personas naturales.

Si necesitas el patrocinio de un abogado o abogada para un juicio, la CAJ también puede representarte sin costo, siempre que no cuentes con los recursos para pagarlo. En este contexto, una trabajadora o trabajador social aplicará los mecanismos de focalización institucional, y cuando corresponda, realizará una evaluación socioeconómica.

Si calificas para este apoyo, un abogado o abogada especialista te representará durante toda la tramitación del juicio.

Dirígete a una oficina de la CAJ, según la región donde vivas:

  • Tarapacá (para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta).
  • Valparaíso (para las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
  • Región Metropolitana (para las regiones Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes)
  • Biobío (para las regiones del Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén).

Importante:

Solo pueden ser declarados como bien familiar:

  • El inmueble que sirve de residencia principal a la familia.
  • Los muebles que están en ese lugar.
  • En caso de que el inmueble sea de propiedad de una sociedad controlada por alguno de los cónyuges, las acciones o derechos sociales del cónyuge socio.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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