Finiquito de término de contrato de trabajo

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Descripción

Si eres una trabajadora o trabajador, obtén un documento legal que certifica el término de tu relación laboral con tu empleadora o empleador.

El finiquito debe contener la causal (motivo) de despido y todos los acuerdos comprometidos, como: plazos, indemnizaciones y el monto que tu empleadora o empleador te debe pagar.

Importante:

El finiquito debe ser otorgado y puesto su pago a tu disposición dentro de 10 días hábiles (contados desde tu desvinculación).

Si llegas a un acuerdo con tu empleador, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes). En este caso, el finiquito solo puede ser ratificado ante la Inspección del Trabajo.

¿Qué pasa si mi empleadora o empleador no cumple el plazo establecido?

Dirígete a una oficina de la Inspección del Trabajo a interponer un reclamo, independientemente de la posibilidad de recurrir a los tribunales de justicia para exigir su cumplimiento. 

¿En qué caso no debo firmar un finiquito?

Cuando tu contrato sea por menos de 30 días, excepto que:

  • Ese plazo se amplíe por más de 30 días.
  • Vencido el plazo de contrato, continúes prestando tus servicios con conocimiento de tu empleadora o empleador.

Importante:

  • El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleadora o empleador (o de tus representantes, a través de un poder simple). En caso de despido, si no estás de acuerdo con la o las causales, tienes el derecho a no firmar. 
  • El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. Sin embargo, no existe esta obligación cuando el contrato de trabajo termina por mutuo acuerdo de las partes, renuncia voluntaria de la trabajadora o trabajador, o por fallecimiento de este. 
  • Si no estás de acuerdo con estos montos, deja una constancia en el finiquito, aunque aceptes los otros pagos al momento de firmar (gratificaciones o vacaciones proporcionales, por ejemplo).
¿Qué ocurre si no me presento a la ratificación?
  • El término de la relación laboral se concretará igualmente.
  • El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles. Sin embargo, el trabajador o trabajadora solo podrá disponer del dinero una vez firmado el finiquito. 
  • Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora. Él está obligado a mantener un ejemplar (firmado por ambas partes).
  • También, puedes acudir a una oficina de la Inspección del Trabajo o a la notaría donde ratificaste el documento.

Si no cuentas con un finiquito firmado ante un ministro de fe, el término de la relación laboral también la puedes probar mediante:

  • Comunicación del despido dada por escrito y firmada por tu empleador o empleadora.
  • Certificación del inspector o inspectora del trabajo respectivo que certifique el término del contrato.
  • Acta de conciliación o avenimiento.
  • Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo.
  • Sentencia judicial ejecutoriada.
  • Carta de renuncia ratificada ante algún ministro de fe. 

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