Certificado de desplazamiento o excepción para el trabajador (Convenio Internacional de Seguridad Social)

Última actualización:

Descripción

Permite a los trabajadores que se trasladan desde Chile a un país que mantiene vigente un Convenio Internacional de Seguridad Social, quedar eximidos de la obligación de cotizar en el lugar de destino, con el propósito de realizar labores temporales.

El beneficio se puede obtener siempre que el empleador continúe pagando en Chile las cotizaciones previsionales de los trabajadores, en calidad de dependientes.

Revise más información.

Las personas interesadas deberán solicitar el certificado, al menos, un mes antes de la fecha de desplazamiento. De lo contrario, tendrán que acogerse a la legislación previsional del país donde desempeñe su actividad laboral.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la Superintendencia de Pensiones y a través de correo tradicional. Además, el trámite se puede iniciar de forma online.

Trabajadores dependientes afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que realizan trabajos temporales en un país con el que existe un Convenio Internacional de Seguridad Social vigente con Chile.

Importante: cada convenio especifica las condiciones, el período máximo de desplazamiento y solamente algunos contemplan a los trabajadores independientes.

El nombre del certificado cambia de acuerdo con el país, pudiendo llamarse: certificado de desplazamiento, de traslado temporario, de desplazamiento y cobertura, de normativa aplicable, etc.

Como norma general, los trabajadores y trabajadoras que se van desplazados a otro país a ejercer una actividad laboral deben acogerse a la legislación de seguridad social de ese país. No obstante, si existe en aplicación un convenio de seguridad social entre Chile y ese país, esa persona puede solicitar quedar exento de cotizar en el país al cual se desplace y continuar cotizando en Chile.

  • Carta de presentación de la persona que realiza el trámite con: nombre, dirección, teléfono y correo electrónico.
  • En el caso de ser un representante de la empresa, debe adjuntar copia de carta poder simple, emitido por la empresa la cual lo faculta para efectuar el trámite de desplazamiento del trabajador en la SP.
  • Copia del contrato de trabajo vigente en Chile.
  • Incluir anexo del contrato o documento que especifique la situación laboral y previsional del trabajador tanto en Chile como en el otro país, durante el período de desplazamiento.
  • Copia de documentación que acredite el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador de los últimos tres meses al traslado.
  • Un ejemplar del formulario de desplazamiento, correspondiente al país al que se traslada, debidamente completado y firmado por el empleador, según corresponda, dejando en blanco los campos "Institución competente" y "Organismo de enlace".

Determinado según cada convenio.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "Obtener certificado".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, complete el formulario, adjuntando todos los archivos requeridos (en PDF y/o JPG), y haga clic en "Enviar".
  4. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado, el cual podrá obtener en un plazo de 12 días hábiles. Recibirá la respuesta mediante el correo electrónico ingresado por el empleador o trabajador, según quien haya iniciado el trámite.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una de las oficinas de la Superintendencia de Pensiones (SP).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el certificado de desplazamiento o excepción. 
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado, el cual podrá obtener en un plazo de 12 días hábiles al correo postal del empleador o del trabajador.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos en un sobre a la Superintendencia de Pensiones (SP), ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 2, local 8, Santiago. 
  3. Como resultado del trámite habrá solicitado el certificado, el cual podrá obtener en un plazo de 12 días hábiles (desde que se recepcionaron los antecedentes) en el correo postal del empleador o del trabajador.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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