Inscripción en el Registro Nacional de Bebidas Alcohólicas

Última actualización:

Descripción

Según las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, todas las bebidas alcohólicas que se produzcan, elaboren, exporten o importen deben ser inscritas en el Registro Nacional de Bebidas Alcohólicas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) por sus respectivos productores, elaboradores, exportadores o importadores.

Al solicitar la inscripción oficial en este registro, se autoriza la exportación y comercialización de bebidas alcohólicas dentro de Chile. Aquellas que no estén inscritas no podrán ser comercializadas en nuestro país.
Haz la inscripción durante todo el año en el sitio web y en las oficinas del SAG.
  • Debes estar inscrito y tener tu información actualizada en el Registro de productores, elaboradores, envasadores, comercializadores, importadores y exportadores de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas, mostos y vinagres.
  • Comunicación inicio de actividades SAG Ley de alcoholes.
  • Conocer y completar la solicitud de registro. Debes verificar y señalar:
    • Razón social y domicilio del productor o fabricante, tratándose de un producto nacional, o del importador si se trata de un producto de procedencia extranjera.
    • Actividad: envasador, importador o exportador.
    • Nombre genérico del producto.
    • Nombre de fantasía del producto.
    • Composición genérica del producto y las materias primas utilizadas (componentes).
    • Graduación alcohólica.
    • País de origen y/o procedencia, en caso de bebidas alcohólicas importadas.
  • Para complementar tu solicitud puedes adjuntar etiquetas (principal, accesorias) o el boletín de análisis químico. 
  • Si vas a inscribir una bebida alcohólica importada: boletín de análisis, realizado en el país de origen con el cual esté suscrito un convenio comercial que considere el reconocimiento y validación de estos análisis.

Ingresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con el RUT empresa y la clave de acceso. Seleccione "Inscripción de Bebidas Alcohólicas" y sigue los pasos para inscribir tu producto. 

Al finalizar el proceso, obtendrás un correo donde se te comunicará si la solicitud fue aceptada o rechazada.

También puedes acudir a la oficina del SAG más cercana con la documentación requerida. Obtendrás una respuesta en un plazo máximo de 14 días hábiles, según las características del producto.

Importante: la inscripción en el registro es gratuita e indefinida.

  • Ley Nº 18.455, de 1985, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres.
  • Decreto de agricultura Nº 78, de 1986, reglamento de la ley.
  • Decreto Nº 464, de 1994: normas sobre zonificación vitícola.
  • Decreto Nº 521, de 1991, que fija reglamento de la denominación de origen pisco.
  • Resolución Nº 2388 de 2013, que establece requisitos para la importación de bebidas alcohólicas y vinagres.
  • Resolución Exenta N°863 de 2022, que modifica resolución exenta 2388/2013, que establece requisitos para la importación de bebidas alcohólicas y vinagres.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
31009

Los usuarios también visitaron

Autorización para internar mercaderías silvoagrícolas

Si eres una persona natural y jurídica con residencia en el país que desea importar artículos de ori...

Certificado de antecedentes

  El servicio en línea presenta intermitencias Si no puedes realizar tu trámite, inténtalo más...